MOJONES O HITOS.- EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VILLARTA SEGÚN EL TRABAJO REALIZADO POR EL INSTITUTO GEOGRÁFICO Y ESTADÍSTICO EL 22 DE MAYO DE 1883, Por José Muñoz Torres.

A veces tiene que pasar algún tiempo para que ciertas leyendas dejen de serlo y se conviertan en realidades. Este es el caso de una historia que me contó Juan de Dios Sánchez en aquellos días en que, de vez en cuando, salíamos recorriendo lugares emblemáticos de nuestra historia y que muchos tomaron como historias de Juan de Dios Sánchez, el poeta labriego y uno de los mas profundores conocedores de la historia sencilla de Villarta. Pasando el tiempo, en que los archivos se van abriendo, es llegado el momento en que reconozcamos la razón que tenía Juan de Dios cuando hablaba de una ermita ya perdida, dedicada a la Virgen de la Vega. El nos contaba que el término de Villarta y el de Arenas tenían un mojón señalando los limites de los términos de ambos pueblos y que se situaba frente a la puerta de la ermita, pasando los límites de sus terminos por el medio de la ermita( En el catastro del Marques de la Ensenada marcaba el mojon en la esquina de la Ermita);  esta circunstancia dio lugar, como se decía antes, a que «el uno por el otro la casa sin barrer«; es decir, el hecho de  no pertenecer enteramente la ermita a ninguno de los dos pueblos, cuyos términos pasaban por la ermita, haría que al final ninguno de los dos pueblos se encargaría de su mantenimiento y, al final, se dejara hundir totalmente, aunque algunas de sus piedras labrada fuera utilizada por alguien, sin pensar en los evidentes restos de culturas antiguas que en ella y alrededor de ella hubiese y que se dejaron perder. [En la actualidad es, -aún-, lugar frecuentemente visitado por los buscadores de monedas u objetos antiguos, «cazatesoros»-, y prueba de ellos son las huellas de sus detectores de metales]. Cosas de Juan de Dios, decían muchos, y nunca en vida se pudo demostrar que lo que decía lo había visto o se lo habían contado con mucha certeza.

El acceso a ciertos archivos que están digitalizando sus fondos nos va  permitiendo dejar escrito, para nuestra pequeña historia, que si era cierto lo que dijo Juan de Dios, asi que a su memoria va dedicado este «poyete».

Husmeando, hemos tenido accesos a los documentos del Instituto  Geográfico y Estadístico, sobre los trabajos topográficos que se llevaron a cabo para la realización de la hoja 738 del citado Instituo correspondiente al término municipal de Villarta de San Juan [.. «de la operación practicada para reconocer la linea de término y señalar los mojones comunes a los términos de Villarta de San Juan y Arenas de San Juan». Igualmente se encuentra los expediente de amojonamiento de todo el término de Villarta comunes con los de Herencia, Manzanares, Las Labores y el Puerto].

Los términos municipales de todos los ayuntamientos estaban suficientemente reconocidos y respetados por todos los linderos de los mismos, desde hacía muchísimo tiempo aunque su señalamiento en dibujo quedaba, si es que se hacía, en un esbozo aproximado del mismo indicando lugares identificativos del lugar que sirviesen de orientación a los citados términos. Sobre el terrano no siempre se «amojonaba» (se colocaba un mojón) pues a veces la divisoria se hacía señalando alagún aspecto fisico o vegetal del mismo. Una de las señales divisorias entre el término de Villarta y Herencia, era un acebuche en forma de «Y», que como es lógico, con el paso del tiempo desaparecería; en otras ocasiones era un motón de piedras las que señalaba el mojón.

El tema de límites de términos, asi como las mojoneras y los respectivos amojonamientos, es recurrente en la formación real de los términos municipales de los diferentes municipios que de una forma u otra están inmersos en una serie continua de litigios. En el siglo XVI son frecuentes estos pleitos, entre las villas de Alcázar, Herencia, y Arenas  y el lugar de Villaharta que se dice aldea de Arenas aunque en algunos documentos se dice de ella que es aldea de Alcázar [La gran diferencia entre lugar o aldea de villa, radicaba en que la villa era justicia en primera instancia no sólo del pueblo titular sino de los lugares o aldeas adscritos a la villa. Por eso Villarta en primera instancia dependía de Arenas de San Juan y sus límites compartidos. Mas especificamente, la categoría de villa se refería a un núcleo poblacional que gracias a la obtención o concesión de Villazgo había adquirido el derecho a que por medio de sus alcaldes se ejerza en él, y en los lugares que se le asignan, la aplicación de la justicia en primera instancia.Este era el caso concreto de Arenas sobre Villarta hasta el año 1648 en que Villarta obtiene la concesión de Villazgo ]. Todos estos litigios conllevaban una serie de gastos  que como en uno de ellos,  -y con la intencion de evitar más gastos-, decía el representante de la villa de Alcázar que la situación continua de pleitos entre Alcázar y otras villas estaban provocando la ruina de la Haciendo local. Todos estos pleitos se dirimían, al final,  en la Real Audiencia y Chancilleria de Granada. Unos eran por aprovechamiento de pastos, otros por propiedad de dehesas, sobre todo la de Villacentenos y en otras ocasiones era por el amojonamiento de términos. Por ejemplo y referido a Villarta existen, entre otros, los siguientes expedientes en la Chnacilleria de Granada:

1532.- Pleito entre el concejo de la villa de Madridejos (Madrigalejos en el expediente) con los concejos de Villaharta y Arenas sobre pastos.

1555.- Pleito entre el concejo de Villaharta con el de Arenas, sobre el aprovechamiento de un monte.

1556.- Pleito entre el concejo de la villa de Campo de Criptana con los alcaldes y regidores del lugar de Villaharta sobre términos.

1561.- Pleito entre la villa de Herencia, con el concejo, justicia y regimiento  de la villa de las villas de Villaharta y Arenas, sobre jurisidicción de la Bolliga Baja.

1594.– Pleito entre el concejo de la villa de Herencia , con los concejos  de Arenas, Villaharta y otros, sobre el término de El Encinar.

1594.- Pleito entre el concejo de Villaharta con el de la villa de Arenas , sobre jurisdicción.

1595.- Pleito entre el concejo de Villaharta con el de Arenas sobre términos y jurisdicción.

1597.- Pleito entre Bartolomé de la Plaza, alcalde mayor de Villaharta del Priorato de San Juan, con Pedro Díaz Pinel, alcalde de Arenas, por Jurisdicción.

1603.- Pleito entre el concejo de la villa de Herencia con los de Arenas y Villaharta sobre términos.

1630.- Pleito sobre propios  del concejo de Arenas con el de Villaharta y el alcalde mayor de Consuegra.

1649.- Pleito entre el concejo de la villa de Alcazar de San Juan, con los de las villas de Herencia, Villharta y Arenas, sobre el amojonamiento de sus términos y aprovechamientos.

1659.- El concejo de Arenas con el de Villarta, sobre guarda de la ejecutoria referida a jurisdicción privativa, división de términos, aprovechameintos de pastos, etc.

En el pleito del «Concejo, iusticia y regimiento de la villa de Alcázar de San Juan son el Concejo, iusticia y regimiento de la Villa de Herencia [Impreso en Granada, en la Imprenta Real, por Baltasar de Bolivar en 1657] «sobre pretender ambas villas tener jurisdicción privativa en el sitio de Vega Nueva, que está entre el arroyo de Valdespino, y el río Giguela, hasta le Peñuela del Congosto y Fuenteluenga (estos dos últimos sitios son los límites de Herencia con Villarta-Arenas). Y pretende la villa de Alcázar, haberse de declarar que le pertenece, confirmando la sentencia de vista, que en su favor se pronuncio, en cuanto a la posesión y que se ha de revocar, en no haber determinado lo mismo en la propiedad»

El pleito se inicia el 21 de septiembre de 1641 como consecuencia de la denuncia interpuesta por la Justicia de Alcázar contra Eugenio Díaz de Ubeda, alcalde ordinario  de Herencia y Alonso Gómez Pabon, regidor de la citada villa por haber prendado [El término prendar significaba quedarse con alguna prenda, -en este caso suponemos que ovejas,- para resarcirse del daño que el prendado ha podido ocasionar] a Juan Martin Ropero, pastor de Gregorio Martin Benalaque, vecino de Alcázar  por haber estado pastando su ganado en terreno de Vega Nueva perteneciente a Herencia. En el intento de cada villa por demostrar su dominio en el citado sitio de Vega Nueva, aparecen en el pleito deiversas sentencias antiguas y disposiciones del Priorato, pero lo mas importante es las pruebas de límites representadas por los mojones que cada villa presenta para avalar su propiedad. Asi aparecen los mojones de los Azebuches (en la sierra de las Atalayas), el Bermejo, o mojón tercero, el mojón «nono colorado»  llamaban  el Repartidor. Lo que mas nos interesa en este preámbulo que nos sirve para dar a conocer la inconsistencia de aquellos amojonamientos y situación de deslindes es lo que dice la propia sentencia:

«Y hizo la sentencia, como en aquestas partes se hace relacion de mojones y deslindes perpetuos como son montes, fuentes, arroyos, aunque no aparezcan los otros mojones que en ellos se hubiesen puestos… [EXPEDIENTE CITADO, Punto 15].

En el punto 18 del pleito, hace referencia a un amojonamiento que hizo el licenciado Cornejo, Alcalde Mayor de los Prioratos en el mes de abril de 1575 con ayuda de dos apeadores ( personas encargadas de deslindar y señalar los límites, términos y demarcaciones de fincas rústicas.) citando entre ellos el de la sierra del Atalaya y mojón de los Azebuches, que fueron identificados en la revisión de mojones realziadas con motivo del pleito del que estamos hablando. De alguna forma Villarta ( Villaharta en el pleito) se ve citada en el mismo. En el punto 27 del pleito se dice:

«27. Lo quinto por lo verosimil y lo que la vista de ojos y paño de pinturas se esta manifestando porque para poderse llegar a el mojón de la peñuela del Congosto y Fuenteluenga, es preciso , que desde Alcázar se pase por el sitio de Vega Nueva, por estar en medio y en los lados Herencia y Villacentenos: Con que necesariamente en el término de Alcázar se ha de comprehender la dicha Vega. Y aquello lo manifiesta mas la mojonera de que Herencia se vale, del termino de Villacentenos, porque deja fuera a Villaharta, que esta junto al dicho mojon de la peñuela del Congosto y asi, siendop como era, aldea de Alcazar, hasta de pocos años a esta parte que se eximio [obtuvo Villarta el Villazgo en 1648, es decir nueve años antes de este pleito], de que consta por la executoria  presentada de atentado, ligitada con dicha villa de Villarta [EXPEDIENTE CITADO. Punto 27].
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Fragmento del pleito del «Concejo, iusticia y regimiento de la villa de Alcázar de San Juan son el Concejo, iusticia y regimiento de la Villa de Herencia [Impreso en Granada, en la Imprenta Real, por Baltasar de Bolivar en 1657]

Curiosamente, al establecer los límites del nuevo Villazgo de Villarta se siguió pleito por querer poner mojón de término dentro de la dicha villa (se refiere a Villarta). Hemos señalado anteriormente la revisión física de amojonameintos y paños de pintura (suponemos que se trate de algun plano)

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Descripción gráfica del término de Villarta de San Juan por freyD. Francisco Tejada (Fuente: Manucristo de las Relaciones del Cardenal Lorenzana)

La imprecisión de los dibujos e incluso la falta de vigilancia de los términos, a pesar de la existencia de guardas en los municipios, provocaría la continua disputas por límites, más frecuentemente por fincas particulares que de alguna forma afectaría a los linderos de las villas. En este sentido existe un oficio contra Rodrigo Díaz Espinar, vecino de Herencia, por levantar mojones y pastar con su ganado mulara en la dehesa de Villacentenos, propio del Concejo de Alcázar (ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL DE ALCÁZAR DE SAN JUAN. 24 JULIO DE 1715] Esta dehesa propiedad del Gran Prior, causo muchos problemas y litigios uno de ellos entre un vecino de Villarta y el Concejo de Herencia y del que ya hemos hablado en algún que otro «poyete». Finalmente esta dehesa pasó a ser propiedad de las dos villas importantes: Herencia y Alcázar de San Juan.

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Zona de parte de la dehesa de Villacentenos. En el angulo norte se identifica el mojón Blanco (Fuente: Tesela 50 Ayuntamiento de Alcázar de San Juan)

El primer paso para establecer definitivamente los términos de los diferentes pueblos aparecen con  un proyecto de gran importancia:  «el establecimiento definitivo de contribución única», que enumera no solo los términos municipales, sino las distintas propiedades de los mismos, marcando cultivos, extesiones y dueños. De todas formas el término municipal general de cada uno de los municipios, descrito en la respuesta 3ª de la respuestas generales, solo nos habla de los linderos por cada uno de los puntos cardinales, asi como su distancia y en algunos casos el tiempo que se invertía en recorrerlos, y por tanto solo nos habla de las villas linderas en ellos. Solo la descripción de Villarta hace un recorrido por su término, comenzando desde el E., las parajes mas conocidos del mismo. Las respuestas generales de Villarta se hicieron  por la Junta del Cabildo, Alcaldes y  Peritos a concurrencia del Señor Prior Cura Párroco.:

«En la villa de Villarta en seis días del mes de marzo demil setecientos cincuenta y dos años estando en las Casas de Posada del Señor D. Pedro Berriz de Aguirre y Ayala, juez comisionado para las prácticas de las diligencias conducentes  al establecimiento de ünica Contribución en esta Villa, y habiendo precedido recado cortesano [invitación oficial] al Señor Prior D. Frey Andrés de Arias, del hábito de San Juan, cura párroco de esta iglesia, y concuriiendo con los señores Bernardo Moreno y Joseph Sánchez, alcaldes ordinarios, Miguel Alonso Romero, Regidor y Juan Mariano Tejera, escribano del Ayuntamiento, por su Merced, dicho Señor Juez, les fue intimada la Real Orden de Su Majestad y que para proceder a esta operación era preciso nombrasen personas, peritos e inteligentes y de pleno conocimiento de los vecinos de esta villa, sus caudales, tráficos y comercios como de las tierras y campo de su término, sus especies y calidades, frutos y efectos y en su virtud nombraron para esto  y demas conducentes hasta la conclusión de esta operación  a Francisco Sánchez, Diego Sánchez, Benito Rojo y Manuel Alonso Romero (…) [JOSÉ MUÑOZ TORRES.- Una historia, un pueblo: Villaharta de la Orden de San Juan.Excmº Ayuntamiento de Villarta de San Juan].

En estas Respuestas Geneales se contemplaba un interrogatorio de 40 preguntas, de ellas, la que afecta más claramente a este «poyete» era la tercera que decía: «Qué territorio oucpa el término, quanto de Levante a Poniente, y del Norte al Sur y quanto de circunferencia, por horas, y leguas; qué lideros, o confrontaciones y qué figura tiene, poniendola al margen».

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Figura del término puesta al margen del folio de las Respuestas [Fuente: Archivo Historico Provincial de Ciudad Real]

La contesación que se dio a esta pregunta fue la siguiente:

A la tercera pregunta dijeron que el territorio que ocupa el termino de esta villa es de Levante a Poniente tres cuartos de legua, que es desde el termino de Herencia al de Arenas y desde el Norte al Sur que es desde las Ventas de Puerto Lapiche hasta el termino de Manzanares división de los términos de esta villa, el de Herencia y Manzanares habrá quatro leguas y de circunferencia nueve leguas y otras tantas horas, en esta forma: Desde el Vado del Zid por la Cañada de Pajares hasta el camino Real del Puerto Lapice media legua y desde dicho camino por el adelante hasta dicho Puerto que pasa de la esquina de la venta de Marimorena una legua y desde dicha venta hasta los paredazso de la casilla del Conde por el Camino Real  que va a Villarrubia media legua. Y desde dicha casilla del conde hasta el encinar a la fuente de la Peñuela una legua . Y desde dicha fuente hasta la esquina de nuestra señora de la Vega un cuarto de legua. Y desde dicha Ermita hasta el camino Real que de esta villa va a Daimiel un cuarto de legua;  Y desde dicho camino  por el adelante hasta el Mojon de la Oya del Puerco, tres cuartos de legua= Y desde dicho Mojon hasta la casa de Carrizo una legua= Y desde dicha casa hasta el camino Real que va de esta Villa a Manzanares tres cuartos de legua= Y desde dicho camino por el adelante hasta la redonda de esta villa dos leguas = Y desde la redonda hasta la madre del rio por ella adelante hasta el referido vado del Zid un cuarto de legua= Y los linderos y confrontaciones son: Los término de la villa de Herencia por Levante y Norte y Arenas por Poniente y por el sur Manzanares y su figura la del margen. [JOSE MUÑOZ TORRES, Obra citada anteriormente]

Como decíamos anteriormente de todas las respuetas de los pueblos linderos con VIllarta, incluida  esta, la de Villarta era la que aportaba más datos para definir, aunque de forma muy resumida, los linderos o hitos más importantes de nuestro término. Los actuales términos de Puerto Lapiche y Las Labores, fueron constituidos posteriormente y, por tanto, su posterior aparición condicionó los límites que indicábamos. Sin embargo los límites  completos de cada población y de las fincas de cada una de las villas vienen expresadas clarísimamente en la relación de propiedades.  Los sucesos posteriores a esta fecha de 1752, no fueron muy favorables para llevar a cabo todos estos planes y las respuestas y catastros de los diferentes pueblos quedaron depositados en sus archivos de donde poco a poco van siendo sacados a la luz. [En este sentido hay que dar las gracias al proceso de copia o escaneamiento llevado a cabo  por la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los ültimos días, –los mormones-, a través de su página http://www.familysearch.org que está facilitando enormemente la labor de búsqueda tanto en el tema de los Catastros del Marqués de la Ensenada, como de los Archivos parroquiales de algunas diocesis, como la de Ciudad Real, por ejemplo].

Pero en el término de límites y amojonamientos , como decíamos al principio, son los archivos generales del Instituto Geográfico Nacional, de donde extraemos los datos importantes acompañado de un plano que va servir para la elaboración de la hoja 738 del Mapa de España, elaborado y editado por el propio Instituto. [Este croquis de los trabajos topográficos fué elaborado por Fidel Gonzalo (Topográfo 2º) y Fededrico González (Topografo 3º), en abril de 1884 y figura la conformidad del Jefe de la 32 Brigada Enrique Gómez de Salazar constanto asimismo la firma de aprobación de Carlos Ibañez Íbero, como Director General del Instituto Geográfico y Estadístico ( Hoy Instituto Geográfico Nacional). En el año 1883, la 32ª Brigada del Instituto Gegráfico y Estadístico, con fecha 22 de mayo levanta acta de la operación practicada para conocer la linea de términos y señalar los «mojones» comunes a los términos de Villarta de San Juan y Arenas de San Juan. Hay que señalar que en esta fecha, las poblaciones de Las Labores y Puerto Lápice disponen ya de términos propios. El acta de esta operación dice asi:

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Portadilla de los trabajos topográficos para aprobar el amojonamiento de términos municipales entre Villarta de San Juan y Arenas de San Juan (Fuente: IGN)
Reunidos el día veintidos de Mayo de mil ochocientos ochenta y tres en el sitio denominado Virgen de la Vega, los señores que con sus respectivos cargos y representación abajo se expresan, previa citación  hecha por mi el Oficial Segundo del Cuerpo de Topógrafos D. Enrique Gómez de Salazar y de la Vega, Jefe de la trigesima segunda brigada topográfica, en cumplimiento de lo dispuesto en el Plan de Operaciones  del Instituto Geográfico  para la triangulación topográfica y levantameitnos de planos que requiere la publicación del Mapa aprobado por S.A. el Regente del Reino en treinta de septiembre de mil ochocientos setenta, se procedió a la operación en la forma siguiente:
Primer Mojón= Se reconoció como tal la intersección del eje de las aguas corrientes de la madre del río Záncara con el plano vertical que pasa por la cúspide del cerro Peñarente y por el centro del arco de la puerta de la Ermita ruinosa de la Virgen de la Vega, cuyo arco se halla en la fachada N. de dicha Ermita. Es común a los términos municipales de Villarta de San Juan, de Arenas de San Juan y de Puerto Lapiche. [El Sr. representante del Ayuntamiento de Puerto Lapiche, D. Nieves Pavón, Alcalde primero reconoce este mojón y declara hallarse en un todo conforme con los demás Sres. Representantes de los otros ayuntamientos en que si tal y como queda descrito el mojón común a los referidos términos municipales. En prueba de lo cual firman conmigo aquí los Sres. Representantes de los Ayuntamientos de Villarta de San Juan, de Arenas de San Juan y de Puerto Lapiche y se retira el Sr. Representante del Ayuntamiento de Puerto Lápiche por no tener ya objeto su presencia en el resto del señalamiento. A los márgenes del citado folio aparecen los sellos de Villarta de San Juan, Arenas de San Juan y Puerto Lápiche.]
En este folio junto a los sellos de los distintos ayuntamientos aparecen la firma de sus representantes:
Por Villarta de San Juan: El Regidor Antonio Serrano y el Perito de Villarta [Se refiere a experto] Francisco Muñoz. Por Arenas de San Juan: El teniente de alcalde: Blas Romero; El concejal de Arenas: Evaristo Moreno; el concejal de Arenas: Nicasio Vallejo y el concejal de Arenas de San Juan, a ruego por no saber firmar, Benito Vegas (Firma Alfonso Orellana). Por Puerto Lápiche: El Alcalde Nieves Pavón. Por el Instituto Geográfico: El topógrafo 3º Federico González.
2º Mojón. Se reonoció como tal una poza de forma circular que tiene seis metros de diámetro  y un metro y cincuenta centímetros de profundidad. Se halla en una dehesa del Sr. Conde de las Cabezuelas. Se ven desde este mojón el molino de viento de la sierrecilla al N. y el vértice geodésico denominado Mudo  al O. Se ve también el mojón anterior. La linea de término reconocida entre este mojón y el primero es la recta que los une.
3º Mojón. Se reconoció como tal el punto de intersección de la superficie del terreno con la vertical que pasa por el centro del arco de la puerta de entrada que existe en la fachada N. de la ermita ruinosa de la Virgen de la Vega. Se ven desde este mojón la torre de Arenas al O. la torre de Villarta a E. las casas de las Labores al N. y las casas de Puerto Lápiche al NE. Se ve también el mojón anterior. La linea de término reconocida entre este mojón y el segundo es la recta que los une.
4º Mojón. Se reconoció como tal una piedra de forma irregular  cuyas dimensiones son noventa y un centímetro en su mayor longitud, treinta centémetros en su profundidad. Está situada en el márgen N. del camino que conduce de Villarta a Arenas, y en la linde de una tierra de labor de la viuda de Pedro Tabasco. Se ve desde este mojón el molino de viento de la Sierrecilla al E. No se ve el mojon anterior. La linea de término reconocida entre los mojones tercero y cuarto es la recta que los une.
5º Mojón. Se reconocio como tal una piedra de forma irregular cuyas dimensiones son treinta y ocho centímetros en su mayor longitud, veintidos centímetros en su lateral  y veintiseis ceentímetros en su profundidad. Se halla en el sitio denominado de Quiterio en la margen N. de una vereda de ganados y en la linde de una tierra de labaor de D. José ntonio Rincón, vecino de Villarta de San Juan. No se ve desde este mnojón el anteior, asi como tampoco ningún objeto notable. La linea de término reconocida entre los mojones cuarto y quinto es la recta que los une.
6º Mojón. Se reconoció como tal un monton de piedras sueltas de forma ligeramente cónica de dos metros de diámetro en su base por un metro y veinte centímetros de altura. Se halla en el centro de una retama grande en el sitio denominado Quinto de Juan Arenas y en el punto de intersección de la margen S de una vereda de ganados con la linde de dos montes encinares, uno de D. Román Mugártegui y otro de los herederos de D. Antonio Sánchez Milla. No se ve desde este mojón el anterior niningún objeto notable. La linea de término reconocida entre este mojón y el anterior, parte del mojón quinto siguiendo por la normal bajada desde dicho mojón al eje de la vereda de ganados ya mencionada  hasta hasta encontrar a dicho eje, por el cual continua en dirección al mojón sexto , hasta el punto de intersección del eje de la vereda de ganados con la normal bajada a dicho eje desde el presente mojón. continuando después por dicha normal hasta el mojón que se esta describiendo , el cual es común a los términos municipales de Villarta de San Juan, de Arenas de San Juan y al Monte denominado Quinto de Juan Arenas,. perteneciente al término municipal de Las Labores. [IGN. Exp. ACTLL_1883_109617. Villarta de San Juan y Arenas de San Juan]

La farragosa descripción del Mojón sexto, que indica también parte de término correspondiente a Las Labores, independiente del suyo principal, es muy posible que fuese el causante de una operación practicada para reconocimiento de términos entre Villarta y Arenas. Esta nueva revisión de términos se practica 82 años después de la inicial, es decir en el año 1965. El acta de los trabajos y conclusiones  es la siguiente:

«Acta adicional a la de la operación practicada para reonocer la línea de términos y señalar los mojones comunes a los términos municipales de Villarta de San Juan y Arenas de San Juan, pertenecientes ambos a la provincia de Ciudad Real.
Reunidos el día dos de junio del año mil novecientos sesenta y cinco en el sitio denominado «Quinto de Juan Arenas» los señores que con sus respectivos cargos y representación abajo se expresan previa citación hecha por el Ingeniero Jefe de la Primera Brigada del Grupo de Deslindes y Comprobaciones del Instituto Geográfico y Catastral  para llevar a cabo la operacion de la modificación del Acta de reconocimiento de la linea de término y señalamiento de los mojones comunes a los términos municipales de Villarta de San Juan y Las Labores levantada por el Instituto Geográfico y Catastral en el día d ehoy, y habiendo sido nombrado por dicho Ingeniero Jefe para que le represente y lleve a cabo en todas sus partes este trabajo el que suscribe Topógrafo Superior Ayudante de Geografía y Catastro, según consta en oficio que se une a este acta, se procedió a la operación de la forma siguiente:
En virtud de lo descrito en la mencionada Acta de reconocimiento de la linea de término y señalamiento de los mojones comunes a los términos  municipales de Villarta de San Juan y Las Labores, el Acta de la operación practicada para reconocer la línea de término y señalar los mojones comunes a los términos municipales de Villarta de San Juan y Arenas de San Juan, levantada por el Instituto Geográfico y Estadístico el veintidos de mayo de mil ochhocientos ochenta y tres queda subsistente tal y como queda descrita, con la variación siguiente: [En el margen izquierdo de este escrito aparecen los sellos de los ayuntameintos de los respectivos municipios: Villarta, Arenas y Las Labores.]
Mojón 6º. Se reconoció como tal el punto el punto de intersección del eje del camino Carretero de Villarta de San Juan a Daimiel, que antes era también vereda de ganados con la normal bajada a él desde el siguiente:
Mojón Auxiliar: Se reconoció como tal un hito de piedra labrada, hincado en el suelo, de forma de prisma recto de base rectangular, , digo cuadrada, cuyas dimensiones visibles son: treinta y cinco centímetros en los lados de su base  por setenta  centímetros de altura. Está situado en un llano bajo , en el paraje denominado «Quinto de Juan Arenas» y » Hoya de la Liebre» en la margen S. del camino carretero de Villarta de San Juan a Daimiel , que antes era vereda de ganados, en linde con dos terrenos de viña, el situado al E. en término de Villarta de San Juan , propiedad de Don Joaquin Isla, vecino de Villarta de San Juan y la situada al O. en término de Las Labores de Don Tomás Rincón. vecino de Villarta de San Juan; al otro lado del camino en término de Arenas de San Juan, el terreno es de viña, propiedad de D. Diego Sosa, vecino de Arenas de San Juan. Desde este mojón no se ve ningún punto notable del terreno. Este mojón es común a los términos municipales de Villarta de San Juan, Las Labores, en su pertenencia al «Monte de las Labores» y Arenas de San Juan, pertenecientes todos a la provincia de Ciudad Real, y aunque no tiene la misma descripción del mojón sexto del Acta primitiva, si ocupa el mismo lugar geográfico.
Concurrieron al acto, en representación del Ayuntamiento de Arenas de San Juan Don Apolonio Ubeda Diaz, Alcalde; Don Faustino Sosa Rodriguez, Don Antonio Vaquero Fernández y Don Esteban Vaquero Ubeda, concejales; Don Tomás Bueno Mejia, secretario y Don Ricardo Murillo Moreno, perito. En representación del Ayuntameinto de Villarta de San Juan: Don Tomás Rincón García-Filoso, Alcale; Don Cayetano Garrido Meco, Don Pablo Fernandez Labador y D. Santos Fernández Montes, Concejales; Don José María García Cortés, Secretario y Don Miguel García Meco, Perito. En representación del Ayuntamiento de Las Labores: D. Vicente Fernández Labrador, Alcalde; Don Erminio Gil-Ortega Gómez, Don Juan Manuel Calcerrada Gil-Ortega y Don Manuel Cano Morales, concejales; Don Eliseo Ortega Diaz, Secretario  y Don Antonio Diaz Pavón, Perito.
En prueba de su conformidad firman conmigo la presente acta todos los señores mencionados y se obligan a sellarla con el sello con que sus respectivos Ayuntamientos acostumbran a sellar sus documentos oficiales. En Quinto de Juan de Arenas a dos de junio de mil novecientos sesenta y cinco.
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Firma del acta de revisión de Mojones del 2 de junio de 1965 (Fuente: IGN)

TERMINO DE VILLARTA DE SAN JUAN CON  EL PUERTO LAPICE.

Esta primera parte de los términos entre Villarta y Puerto Lápiche se refiere, en concreto la parte del Norte que antiguamente perteneció al término de Villarta de San Juan y la otra parte la NO antiguamente de Arenas de San Juan que posteriormente con la independencia de Puerto Lápiche pasaron a formar parte de  su término municipal. La otra parte al SO. del término de Villarta lo describiremos posteiormente.  La revisión de límites y amojonameinto se produce a partir del día veiniocho de mayo de 1883 y se reunen en el sitio denominado Valdehierro, siendo convocados por el Oficial 2ª del Cuerpo de Topógrafos, Don Enrique Gómez de Salazar, junto a los representantes de los ayuntamientos afectados por la expresada operación de amojonamiento:

SEXTO MOJON: Se reconoció como tal el punto de intersección de los ejes de dos caminos, uno denominado Real viejo, que va desde Puerto Lapiche a Villarta de San Juan y otra que conduce desde Villarrubia y desde el sitio denominado Encinar hasta Alcázar de San Juan. Se halla en el sitio denominado Valdehierro. Se ven desde la intersección de los dos ejes referidos, la casilla de entrevista de la Guardia Civil al SO. y el vértice geodésico de tercer orden denominado Sierrecilla al NO. No se ve el mojón quinto por interponerse entre mojones los términos municipales de que se hacen mencion al folio tercero. Este mojón es comúna los términos municipales de Herencia, de Puerto Lapiche y de Villarta de San Juan.

Todo lo relativo a este mojón, mas concretamente, la conformidad con todo lo dicho es firmado por los representantes de los tres ayuntamientos: El Alcalde 1º de Puerto Lápiche, Don Nieves Pavón; el Regidor Síndico de Villarta, Manuel Mateo; el representante de Herencia, Jesús Corrales Roncero y el Perito ( o experto) de Villarta Lucio Serrano y el topógrafo 2º, Fidel González A partir de este momento se retira el representante de Herencia por no tener ya objeto su presencia.

SEPTIMO MOJON. Se reconoció como tal la intersección del eje del camino que va desde Villarrubia a Alcázar de San Juan, con el eje del camino que va desde Arenas de San Juan a Herencia; desde dicho punto de intersección de ve al N la casa de Peliblancos y el MOlino de viento de la Sierrecilla. No se ve el mojón anterior. La linea de término reconocida entre los mojones sexto y septimo va por el eje del camino de Villarrubia a Alcázar de San Juan.
OCTAVO MOJÓN. Se reconoció como tal un hito de piedra sin labrar de forma prismática cuyas dimensiones son: treinta centímetros de longitud del lado del cuadrado que le sirve de base, por setenta centímetros de altura. Se halla situado en el margen S. del camino que va desde Arenas de San Juan a Herencia en el límite de una tierra de labor con monte alto encinar propiedad del Excmº Señor Marqués de Perales, vecino de Madrid. Al lado opuesto del camino hay una tierra de labor  propiedad de D. José Maria Buitrago, vecino de Puerto Lápiche.
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Casa del Conde Perales en Madrid (En los momentos en que se hace el amojonamiento era Manuel Fernández Duran y Pando, el V Marqués de Perales. Es la actual sede de la Filmoteca Nacional] [Fuente: Secretos de Madrid]
Se encuentra dicho mojón en el sitio denominado Calahorra y se ven desde él, la casa de los Bernardos y el Palomar  del Conde de las Cabezuelas al N. y al SO. respectivamente. No se ve desde este mojón el anterior. La linea de término reconocida entre los mojones séptimo y octavo sigue por el eje del mencionado camino de Arenas de San Juan a Alcázar de San Juan hasta la intersección de dicho eje con la normal bajada al mismo desde el mojón octavo, continuando después, por la rferida normal hasta este mojón.
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Casa del Conde (acutal propiedad del Ayuntameinto de Campo de Criptana). En los momentos que estamos analizando era VI Conde de las Cabezuelas D. Juan de la Cruz Baillo de la Beldad y Marañón ( Fuente: Blog el Rincón de Olmedo)
NOVENO MOJÓN. Se reconoció como tal un montón de tierra y piedras de forma ligeramente cónico de setenta centímetros de diámetro en su base por treinte centímteros de altura. Se halla situado en la linde de una tierra de los herederos de Dª Severiana Molina y de tierra labor y monte alto encinar del Conde de las Cabezuelas, vecino de Campo de Criptana. Se ven desde este mojón el anterior y el molino de viento de la Sierrecilla al N. y la torre de Villarta al S. La linea de término reconocida entre los mojones octavo y moreno es la recta que los une.
DÉCIMO MOJON. Se reconoció como tal un montón de tierra y piedra de forma ligeramente cónica de ochenta centímetros en su base por cincuenta centímetros de altura y en el centro del cual hay un chaparro. Se halla en la margen S.O. del camino que va desde Las Labores a Villarta de San Juan, en la linde de una tierra de labor y monte alto encinar del Conde de las Cebezuelas, aguas vertientes a la Cañada Oscura. Se ven desde este mojón los vértices geodésicos Navajo y Torcón al N. La linea de término  entre los mojones noveno y décimo es la recta que los une. No se ve el mojón anterior.
UNDÉCIMO MOJÓN. Se reconoció como tal una piedra de forma irregular cuyas dimensiones son: treinta centímetros en su mayor longitud veinticinco en su latitud y cuarenta centímetro en su profundidad. Se halla situado en el margen NO. del camino denominado de Angulo o del Almendrillo y en la linde del precitado monte alto del Conde de las Cabezuelas. No se ve desde este mojón el anterior asi como tampoco ningún objeto notable. La línea del término reconocida entre los mojones décimo y undécimo es la recta que los une.
DUODÉCIMO MOJÓN.  Se reconoció como tal un monton de tierra y piedras de doema ligeramente cónica de ochenta y cinco centímetros de diámetro en su base por cuarenta y cinco centímetros de altura y en el centro del cual existe un chaparro. Se halla en una dehesa de pastos y monte alto encinar propiedad del Conde de las Cabezuelas. Se ven desde este mojón el molino de la Sierrecilla al N. y la torre de Arenas de San Juan al O. Se ve también el mojón anterior. La línea de término reconocida entre los mojones undecimo y duodécimo es la recta que los une.
A partir del duodécimo nojón no hubo conformidad entre los representantes de los Ayuntamientos de Villarta de San Juan y de Puerto Lápiche, respecto al itinerario que recorre la línea de término comprendida entre este mojón y el que a continuación se describe no exitiendo tampoco conformidad en determinar una linea con el caracter de provisional y en concepto únicamente de la posesión de hecho y sin perjuicio de sus derechos ni de las reclamaciones que tengan presentadas o por presentar a la autoridad competente, en virtud de todo lo cual se procedio al reconocimiento del mojón siguiente.
DECIMOTERCER MOJÓN. Se reconoció como tal la intersección del eje de las aguas corrientes de la madre del río Záncara con el plano vertical que pasa por  la cúspide del Cerro Peñarente y por el centro del arco de la Puerta de la Ermita ruinosa de la Virgen de la Vega cuyo arco se halla en la fachada N. de dicha ermita. Es común este mojón a los términos municipales de Villarta de San Juan, de Arenas de San Juan y de Puerto Lápiche.

A continuación reproducimos la hoja del trabajo que estamos desarrollando. La citada hoja es activa, es decir, sobre el mismo se fueron adicionando variaciones topográficas de nuestro término hasta el año 1965. En la parte inferior hay una nota sobre la situación de Monte Carrizo, Madara y el Barraco que iremos aclarando en posteriores poyetes. En el de hoy solo hemos indicado los mojones y términos del Norte y Oeste de Villarta coincidentes con los de Puerto Lápice y Arenas. En el mismo hemos adicionado los sucesivos mojones (en Rojo).

Seguiremos en otro momento. La verdad es que se estaba «mu ricamante» esta semana en el «poyete» pero las circunstancias aconsejan que pasemos unos días recogidos, sin salir. Esperemos que, cuando pasen muchos años, si alguien tuviese entonces la idea de escribir sobre la historia de Villarta, encuentre documentos para hablar de esta situación que estamos atravesando y que su titulo fuese algo parecido a «Villarta de San Juan en el año 2020. El susto del coronavirus» y en él se hablase de que no hubo victimas gracias a la magnífica actuación de los servicios médicos y al  extraordinario comportamiento cívico de nuestra población que, en todo momento, cumplió al pie de la letra todas las disposiciones de los servicios sanitarios. Así lo esperamos. 

Mapa Villarta copia 130351-001
(En blanco he señalado la parte del término que está transcrita en este «poyete»)
aa Mapa Villarta copia 130351-001
Fragmentos de limite de Villarta con Puerto Lapice
b b Mapa Villarta copia 130351-001
Fragmento del límite d eVillarta con Arenas.

José Muñoz Torres, cronista oficial de la villa.

mmmm


Una respuesta a “MOJONES O HITOS.- EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VILLARTA SEGÚN EL TRABAJO REALIZADO POR EL INSTITUTO GEOGRÁFICO Y ESTADÍSTICO EL 22 DE MAYO DE 1883, Por José Muñoz Torres.

  1. Pepe, este es uno de los «poyetes» que más me ha gustado (hasta ahora), lástima que en los planos que insertas apenas se puedan leer los rótulos y anotaciones. Sí te digo que siempre me ha chocado que haya tanto terreno de propiedad privada a partir de la antigua N-IV en la margen derecha del río hacia Arenas, cuando eso, antes, lo veíamos más tiempo encharcado y de erial que otra cosa.
    Buenos tus deseos al final sobre el «coronavirus», ojalá y se cumplan. Yo también estaba muy a gusto leyendo este «poyete»; a ver si el trozo de plano aumentado que falta (el Sur) se puede ver mas claro.
    Saludos.

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