El título de este «poyete» merece y necesita una clara introducción. Así que vamos por partes porque la palabra «bolo» tiene muchas acepciones y no todas son muy agradables. Si buscamos en el diccionario de la RAE, podemos encontrar, entre otras las siguientes definiciones: Trozo de palo, labrado, de forma alargada, con base plana para que se tenga derecho; figuradamente y familiarmente, hombre ignorante y de escasa habilidad; actor independiente de una compañía, contratado para hacer un determinado papel; representación o representaciones que, en escaso número, ofrece una compañía teatral para actuar en una o varias poblaciones con el fin de aprovechar circunstancias que se juzgan económicamente favorables; juego de bolos, bolo alimenticio, tener alguien bien puestos los bolos, tontolbolo, etc. etc. Sin embargo, como puede parecer lógico, no es ninguna de estas definiciones las que la gente de Villarta dejó de ser en aquellos lejanos años.
En algún otro sitio, incluso en un diccionario no oficial, ni mucho menos, -pero si de mucho rigor- dice que «bolo» es simplemente es un gentilicio vulgar que se le aplica a los habitantes de la provincia de Toledo. [A la gente de la provincia de Toledo se les llamaba «bolos» y se sigue utilizando este gentilicio, aunque en muchas ocasiones se le haya aplicado una connotación ofensiva]. A la gente de Villarta, algún pueblo vecino nos llamaba «raneros»: ¡Villarteros raneros!, aunque, desgraciadamente, también hemos dejado de ser «raneros», simplemente porque el rio donde se encontraban esas ranas, -supongo que muchos aún mantienen vivo el recuerdo de esos platos de ancas de ranas,bien limpios, que se vendían por las casas de nuestro pueblo- está desapareciendo…. ¿Y por qué se les llamaba bolos a la gente de Toledo? En un intento por aclarar este origen, Juan Luis Alonso, académico correspondiente de la Real Academía de Bellas Artes y Ciencias Históricas, nos dice en su página web, lo siguiente:
«¿Un bolo es un toledano? Muchos utilizan «bolo» como algo despectivo, para referirse a un vecino de Toledo e incluso los mismos habitantes de la ciudad se refieren a alguien como «bolo» cuando se considera «ignorante, de escasa habilidad» (RAE) Pero ¿de dónde viene este curioso adjetivo?
Coloquialmente, según la RAE, un «bolo» es un adjetivo que aplicado a un hombre podría indicar que es ignorante o de escada habilidad, torpe, necio… En algún otro diccionario, directamente un «bolo» es un «toledano». Los propios vecinos de Toledo utilizan frecuentemente la expresión «mira que eres bolo» o similar con una acepción parecida a la anteriormente descrita, aunque hoy en día ha quedado un cierto reposo amigable al uso de la expresión, sin rencor alguno.
Pero muchos toledanos ignoramos de dónde procede este adjetivo. Hay varias explicaciones para la utilización de «bolo» en Toledo, a cada cual más curiosa:
La más «culta» es la que relaciona el adjetivo con la abjuración en público del arrianismo por el rey visigodo Recaredo y su conversión al catolicismo, hacia el 589, en el III Concilio de Toledo. El rey, al tomar juramento y preguntado por San Leandro algo así como «Queréis abrazar la verdadera fe católica», respondió «Ego volo…» (Sí, quiero…)
En el siglo XIV, el arzobispo de Toledo Gil Álvarez de Albornoz fundó el Real Colegio Mayor de San Clemente de los Españoles en Bolonia, Italia. algunos toledanos marchaban a estudiar allí, dada la relación del arzobispo con la ciudad. Al regresar a Toledo, se les denominaba «bolos».
La última y no menos curiosa está relacionada con los aceros toledanos. «Los armeros toledanos se surtían de aceros producidos en acerías vascas. Las muestras de ese producto eran unas bolas de acero al carbono que en la jerga siderúrgica se denominaban “bolos”. Así, los vascos se referían a Toledo como “la provincia de los bolos”. Pasando la asignación a sus habitantes.»
Otra explicación aportada por D. Luis Orgaz sería la referida al «bolo» como el machete (el bolo es un machete de hoja larga, de origen filipino, y utilizado como arma o para desbrozar) que nuestros sufridos soldados de ultramar utilizaban en Cuba, Puerto Rico y Filipinas y que, por supuesto, se elaboraban en la Fábrica de Armas de Toledo. Al estar muy afilados y llevarlos siempre consigo, quedó aquel dicho de «no te andes con el bolo colgando».[JUAN LUIS ALONSO. http://www.leyendasdetoledo.com]
Podrán existir definiciones claras y contundentes de lo que significaría «bolo», pero de las que hemos indicado antes me quedo personalmente con la de los estudiantes que venían de cursar sus estudios en el Real Colegio Mayor de San Clemente de Bolonia ( Italia), preferentemente del Arzobispado de Toledo, al ser creado por el arzobispo Gil Alvarez de Albornoz. A los que volvían les llamaban «bolonios» y como siempre degeneraría en ser llamados como «bolos», tomando cuerpo como para ser llamados bolos, a los habitantes de Toledo. Esta introducción seudohistórica, en la definición de su origen, me da pie para aclarar nuestra condición previa de toledanos y todos los vericuetos e intereses que ocurrieron y se desencadenaron, hace unos ciento ochenta años, para pasar de toledanos a manchegos y después a ciudadrrealeños.
De todas formas hoy no vamos a hablar de nuestro origen como pueblo sino más bien de nuestra adscripción administrativa-política y por tanto de nuestra pertenencia a un determinado territorio. Y por reducirlo a un lenguaje más próximo, hemos de hablar de nuestra dependencia a una entidad que sería el equivalente al actual de provincia.
Podríamos decir, -aún escandalizando a muchos historiadores- que nuestra primera dependencia administrativa es la que nos sujeta a Consuegra, desde el año 1183, cuando el rey Alfonso VII concede el Castillo de Consuegra y su alfoz ( Se entiende por alfoz el terreno rural que va a depender del lugar o villa, aunque por otro lado puede estar diseminado. Podemos incluir, en este sentido, dentro del alfoz, caminos o puentes sobre los que el rey les da jurisdicción o alguna que otra fortaleza aislada). La concesion de cartas pueblas por la Orden de San Juan, entre ellas la de Arenas, -incluyendo en ella a Villarta-, en 1236 fue el inicio de un territorio que ahora conocemos como Campo de San Juan pertenecientes a la Orden Hospitalaria de San Juan de Jerusalen. Esta región vió rápidamente paralizada su expansión por las otras órdenes Militares: Montesa, Santiago y Calatrava, con las cuales tuvo que firmar acuerdos o concordias, aunque previamente tuvo que acordar las condiciones con el Arzobispo de Toledo. Pasando el tiempo fue conformandose un Partido o ente territorial, que sería el Gran Priorato de San Juan, con cabecera en Consuegra. Todo ello muy resumido porque lo interesante es llegar al momento en que se forma la Provincia de Toledo con una serie de partidos que muchas veces van a incluir los territorios de las Ordenes MIlitares como es el partido de Ocaña ( Cabecera de la Orden de Santiago, que tenía como lugar central religioso el Monasterio de Uclés). La pertenencia de Villarta a esta provincia se mantiene hasta que comienzan los primeros procesos de estructuración territorial a mediados del siglo XVIII que van a ser puestos en marcha por la nueva monarquia de la casa de Borbón.

Este advenimiento de la Casa de Borbón, se produce tras una larga guerra de sucesión, -de caracter internacional-, al tratarse de una lucha de poder entre las dos dinastias imperantes en Europa: los Borbones de Francia y la Casa de Austria. Esta guerra terminó con la firma del Tratado de Utrech que reconoció a Felipe de Anjou, como Felipe V de España y ratificó la pérdida de todos los dominios españoles en Europa, incluso la plaza de Gibraltar y la isla de Menorca, que pasaron a manos de Inglaterra, -que siempre se ha caracterizado por «sacar leche de una alcuza», incluso ahora con su «brexit»- instaurándose la casa de Borbón como monarquia de España. Esta nueva monarquía viene a producir una serie de profundos cambios que van a afectar a todas las administraciones del reino suponiendo un gran número de propuestas que no siempre pudieron llevarse a cabo. Fue el sucesor de Felipe V, su hijo Fernando VI, llamado «el Justo» o » el Prudente» el que reconociendo la estructura territorial preexistente, va a proceder al articulado de una serie de Decretos y ordenanzas de gran importancia posterior.

El 13 de octubre de 1749 se publica una ordenanza «para el restablecimiento e instrucción de intendentes de provincias y exercitos» que supone lo que hoy llamaríamos un programa de gobierno para realizar durante su reinado, aunque en realidad se trata de una edición ratificando y ampliando la «Ordenanza de 4 de julio de 1718, publicada por su padre el rey Felipe V. En su preámbulo la Ordenanza del día 13 de octubre de 1749, del rey Fernando VI, dice:
«EL REY. Cuarenta y ocho años de sangrientas y continuadas guerras, que han sufrido mis Reynos y Vasallos: la esterilidad y calamidades que han experimentado en tan largo tiempo, por la falta de cosechas, comercio y manufacturas; las repetidas Quintas y Levas que han sido inexcusables para contener el orgulllo y obstinación de sus enemigos y conservar con mis Reales Dominios el honor de la Corona, son las causas, que han reducido a un deplorable estado su gobierno económico, la administración de la Justicia y la causa pública; porque todo se ha confundido con el ruiodos estrépito de las Armas. Y siendo propio de mi Paternal amor, facilitar cuantas providencias puedan contribuir y restituir uno y otro a su antiguo esplendor, ahora que la Divina bondad se ha dignado dispensarles el deseado beneficio de la Paz, fatiga incesantemente mi Real ánimo, y ocupa toda mi cuidadosa atención el descubri los medios los medios más utiles y proporcionados a su logro y a cortar y precaver los daños que produce la corrupcción de las costumbres en los súbditos, por la desidia y falta de vigor en los jueces, para corregirlos con la severidad de las Leyes y recta Administración de Justicia (cuyo abandono es la principal raiz de los males) y a reponer el Cuerpo de esta gloriosa Monarquía de los que ha padecido, y padece, con el mas intimo sentimiento nuestro, en su tan lastimosa decadencia y despoblación, debiendo temerse, que sea mayor, si particularmente no se cuida por reglas fijas y seguras, de que los Propios, con que las Ciudades, Villas y Lugares del Reyno están dotadas y los Arbitrios, que les están concedidos tengan su debido destino y sean administrados y beneficiados con pureza, sin las malversaciones y extravios, que comunmente se han advertido: De reintegras los Pósitos, que aseguran su manutención, de forma que se consiga el fin de ella, auxilio y socorro de los necesitados; de que los Tributos y Contribuciones Reales se exijan con la debida equidad y justa proporción a los haberes de cada uno, sin que la contemplación a los Poderosos , grave a los que no lo son y merecen mayor atención , por su pobreza. De que se eviten y castiguen los fraudes, por el grave perjuicio , que se sigue a la Causa pública en la disminución de las mismas contribuciones, necesarias para mantener el Estado; De extinguir las parcialidades y discordias que turban la tranquilidad y embarazan los Tribunales y no menos las competencias de jurisdicción entre ellos, con dispendio y gastos de los litigantes , al mismo tiempo que quitan el necesario , para atender el despacho de los otros Negocios Civiles y demás, de que se guarden y observen las Santas y justas Leyes de estos Reynos, que tienen para todo prevenidos oportunos y saludables remedios y con las que florecieron mientras se mantuvieron con integridad. Por tanto, deseando, cuanto sea de nuestra parte, con la asistencia Divina, concurrir a los alivios de mis Vasallos y remover los inconvenientes , que los embarazan y la felciidad de los Reynos que el Todopoderoso ha puesto a mi cuidado para que mejor se haga su servicio. He resuelto seguir las reglas dadas a este mismo fin por mi glorioso Padre, en la Real Ordenanza de cuatro de Julio del años 1718, con algunas moderaciones y ampliaciones, según lo que en la práctica de ella mostro la experiencia ser útil y poderse ejecutar, arreglado a las Leyes del Reyno y sin grave alteración de los Tribunales establecidos en él; no dudando sea medio bastante, eficaz y poderoso, para facilitar en lo sucesivo el aumento y mayor gloria y felicidad de la Monarquía.» [ORDENANZAS DE 13 DE OCTUBRE DE 1749 PARA EL RESTABLECIMIENTO E INSTRUCCION DE INTENDENTES DE PROVINCIAS Y EXERCITOS. Madrid, Imprenta de Manuel Fernández, 1749]. (He creido oportuno, salir un poco del tema, para comprobar, como después de 300 años, los problemas que tiene España son los mismos que entonces y las soluciones parece ser que también son las mismas que entonces se proponían. Quizás, por eso, se suele decir con tanta frecuencia «que el pueblo que no conoce su historia está siempre condenado a repetirla», lo que no se es cuantas veces vamos a repetirla).
Volvemos al tema de nuestro «poyete». A lo largo de estas Ordenanzas citadas vemos como la provincia es considerada parte fundamental de la Administración y los Intendentes (los gobernadores o subdelegados del Gobiernos actuales) los encargados de llevar a cabo todas las indicaciones que en ellas se hacen. En el punto XIX de las ordenanzas de Fernando VI, se dice: «… procurarán los Intendentes, que por un Ingeniero de toda satisfacción e inteligencia se forme un Mapa Geográfico de cada Provincia, en que se distingan y señalen los términos que son realengos, de los de Señori, y Abadengos, sus Bosques y Ríos o Lagos y que a este fin los Ingenieros a quien se encargare, ejecuten sus Ordenes con toda la exactitud, puntualidad y expresión que sea posible.
En 1785 en virtud de una Orden del rey Fernando, se pidieron los datos por parte del Exmº. Sr. Conde de Floridablanca a todos los intendentes del reino relaciones precisas para hacer una relación de las Provincias de España, divida en Provincias e Intendencias y subdividida en partidos, corregimientos, alcaldías mayores, gobiernos políticos y militares, asi realengos como de Órdenes, Abandego y Señorío. A este respecto se señalaba en esta Orden que ya en 1752, «las operaciones que de orden del Rey Don Fernando VI, se hicieron para el arreglo equitativo de la Unica Contribución, que se proyectaba, presentan un buen principio para form,ar el deseado Diccionario chorographico; pero como aquellas no fueron generales… » no pudieron hacer posible el mapa deseado, ni el importante proyecto de contribución Única. Sin embargo a nivel provincial fueron muchas las obras que contribuyeron a un conocimiento cada vez mas completo de la división de España en provincias y con todas las especificaciones necesarias para poder dar una idea de la estructura de cada una de ellas. Las indicaciones de las provincias de la Mancha fueron obra de Don Francisco de Mendoza Sotomayor y las de Toledo fueron recogidas por su Intendente D. Alberto de Suelves, del que se dispone de un extenso interrogatorio sobre los mesones y/o ventas en Villarta. En algunos reinos como el de Aragón se hace un indice general de todo el reino que se divide en doce partidos y el corregimiento de Zaragoza, asi como el Principado de Cataluña se divide en trece corregimientos, o el reino de Valencia por citar tres excepciones peculiares en la división de sus territorios.
En esta Orden de 1785 la provincia de Toledo está sumamente detallada indicando en ella si las poblaciones son arrabales, pedanías, lugares, villas eximidas o despoblados; al mismo tiempo se relacionan quienes son los responsables de su gobierno. Los partidos de la provincia eran los siguientes: Toledo, Alcalá de Henares, Ocaña, Talavera de la Reyna y Partido del Gran Priorato de San Juan.
El Partido del Gran Priorato de San Juan se componía de las siguientes Villas: Alcázar de San Juan ( Capital de partido y sede del Gobernador del mismo), Argamasilla de Alba, Arenas, Consuegra, Camuñas, Herencia, Madridejos, Quero, Tembleque, Turleque, Urda, Villa-cañas, Villafranca y Villarta. Todas estas villas están gobernadas por dos Alcaldes ordinarios, uno por el estado llano y otro por el de hijosdalgos. Además conforman este partido las aldeas de Las Labores ( con alcalde pedáneo), la aldea de Ruydera ( Alcayde con Jurisdicción) y la aldea de Ventas del Puerto Lápiche (Juez independiente). Además existen dos despoblados: Peñarroya y Villacentenos (Se incluía una Nota en la que se decía: «En estos dos despoblados se están construyendo casas para su población»).

Respecto a la provincia de Toledo, existe un excelente mapa original del geográfo D. Tomás López del año 1769 que recoge todos los datos de los que hablábamos anteriormente. Para mayor exactitud hemos recortado la parte concreta del partido de Alcázar.

La exactitud de este mapa nos permite, no sólo la adscripción de Villarta -dentro del partido del Gran Priorato de Alcázar de San Juan-, a la provincia de Toledo, sino además la red viaria del partido que, curiosamente, plantea tres puntos centrales de comunicación, con una configuración radial: Consuegra, capital del Gran Priorato de la que parten caminos para todos y cada uno de las villas y lugares del partido, Alcázar, capital política y administrativa del partido y Villarta, como centro radial propiciado por su importante puente romano via de comunicación de primer orden, restaurado por esas fechas con fondos del Priorato y el arrendamiento de alguna de las dehesas. [Esta es la tercera de las grandes restauraciones que tuvo el puente con caracter general. Por orden cronológico fueron las siguientes: 1ª. Obras de reparación del puente de Villaharta.Aprobado por el Honrado Concejo de la Mesta en su capitulo celebrado en Montijo, el 15 de marzo de 1609. Fue realizada por el maestro de Canteria Martin de Artache. 2ª Obras de reparación del puente viejo ordenadas por Carlos II en 1690. Fue realizada por el arquitecto y maestro de cantería Simón Martin de la Vega y Fernando de Martin Guemez. 3ª Obras de Reparación del Puente emprendidas por el Priorato en el año de 1751, siendo realizadas las obras por el maestro de obras Juan de Arenas Abad. (JOSÉ MUÑOZ TORRES. El puente sobre el rio Gigüela.https://campodesanjuan.org/blog-de-jose-muñoz-torres)]. Figura, asimismo la extensa dehesa de Villacentenos al sur de Villarta y Arenas, con limites muy próximos a los Ojos del Guadiana y rodeada, excepto al sur por el gran complejo hídrico de la época formado por el canal viejo del Guadiana, Río Záncara y Gigüela. Esta dehesa fue conocida como las «Manchas» y dentro de la misma surgieron grandes explotaciones agrícolas como Palancas, Monteguerra, Madara, el Rocín, etc. (En la finca de Monteguerra se conserva, uno de los últimos vestigios de la enorme dehesa y en menor extensión en el Monte Mejia).
La Gaceta de Madrid en su edición del martes 3 de diciembre de 1833 publicaba un Real Decreto firmado por la reina Isabel II y su madre en calidad de regente que en su Artículo 1º decía: El territorio español en la Peninsula e islas adyacentes queda desde ahora dividido en 49 provincias, que tomarán el nombre de sus capitales respectivas, excepto las de Navarra, Alava, Guipúzcoa y Vizcaya, que conservarán sus actuales denominaciones.». En el artículo 2º, hablando de nuestra región, dice: «Castilla la Nueva continúa dividida en las cinco provincias de Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca y Guadalajara». En los años anteriores Ciudad Real recibía el nombre de provincia de La Mancha que posteiormente se dividio en Mancha Alta y Mancha Baja. El decreto contemplaba la clasificación de las provincias en tres categorias. A la primera clase se adscribían las cabeceras regionales: Barcelona, Cádiz, Coruña, Granada, Madrid, Málaga, Sevilla y Valencia. Las de seunda categoría eran: Alicante, Córdoba, Murcia, Oviedo, Toledo, Valladolid y Zaragoza. A la atercera el resto de provincias (En un aparte personal: con este decreto Villarta y otras villas del CAmpo de San Juan pasaban a pertenecer a la última categoría de las provincias)
A pesar de que la adscripción de los diversos pueblos se va a producir de forma lenta, en 1835 se publica un nuevo mapa de la Provincia de Toledo adicionado y corregido según su nueva división realizado por D. Pedro Martín de López tomando como base el anterior de 1769, realizado por Tomás López.

En este mapa se aprecia claramente como la nueva ordenación administrativa de la provincia de Toledo ha provocado no solo el reparto entre dos provincias del antiguo partido del Priorato de San Juan, sino que ademas el resto de poblaciones que continuan perteneciendo a Toledo van a depender de partidos de nueva creación, sorprendiendo el nuevo partido de Madridejos al cual va a quedar adscrita la villa de Consuegra, antigua capital del Priorato y las villas sanjuanistas de Camuñas, Villafranca y Urda. Se crean además los partidos de Lillo al que se adscriben las villas sanjuanistas de Tembleque, Turleque y Villacañas; asimismo se crea el nuevo partido de Quintanar de la Orden al que queda adscrita la villa sanjuanista de Quero. En un detalle del mapa anterior señalamos las villas sanjuanistas que pasan a depender de la recien creada provinica de Ciudad Real (Anteriormente La Mancha)

Entre estos dos mapas, entre estas dos situaciones de la antigua provincia de Toledo, ¿cuales han sido las razones que han producido esta división? Habría que plantearse los distintos motivos que pudieron dar lugar a esta división, algo que se sale ya de lo alargado de este «poyete», y que no cabe la menor duda que tiene mucho que ver con las nuevas situaciones que fundamentalmente, después de la Guerra de la Independencia van a plantearse: desamortizaciones, abolición de órdenes siendo asumidos sus bienes por el gobierno, ambiciones de ciertas provincias hasta entonces muy sujetas al poder de Toledo, etc.
Sin embargo todo empezó un poco antes. En 1799 se presenta el plan Soler (Miguel Cayetano Soler) superintendete de Hacienda que plantea, por necesidades de racionalizar la recaudación de impuestos, por un Real Decreto de 25 de septiembre de 1799 e Instrucción de 4 de octubre del mismo año, la creación de seis provincias marítimas, Oviedo, Santander, Alicante, Cartagena, Málaga y Cádiz, desgajadas respectivamente, de las Intendencias de León, Burgos, Valencia, Murcia, Granada y Sevilla, provincias todas ellas muy extensas. Exceptuando la provincia de Cartagena, el resto consolidaron su creación en el año 1833 con la organización territorial de Regiones y Provincias.

Durante la guerra de independencia se crea una división en Prefecturas siguiendo el modelo francés (mapa anterior). Por nuestra pertenencia a la zona, Villarta va a pasar a depender de la prefectura denominada Ojos del Guadiana, con capital en Ciudad Real e integrada por la zona sur de Toledo, la de Ciudad Real y el Oeste de Albacete. Se creo otra subprefectura en Alcaraz siendo sin embargo Manzanares una de los lugares importantes en la nueva estructura.

Terminada la guerra se pasó a la anterior organización territorial hasta la publicación del Real Decreto de 30 de noviembre de 1833, firmada por Javier de Burgos que había sido nombrado Secretario de Estado de Fomento. Con ligeras variaciones esta organización provicincial es la que existe en la actualidad, no asi la organización regional que fue sustituida por la España de las Autonomías.
Termino aportando los datos que se encuentran en los libros de registro del Archivo Parroquial ( en la actualidad en el Archivo Diocesano de Ciudad Real), aunque esta situación será objeto de un «poyete» especial. La asunción de todos los decretos y disposiciones no se llevaron por igual en los registros parroquiales de otras villas. En los registros de los libros de matrimonios de 1792-1836 (Libro 3º de matrimonios) de Villarta, solo -con la toma de posesión del Prior Pedro Malpica y Cabellos-, en el registro de 21-3-1981, aparece el siguiente encabezamiento: «En la leal villa de Villaharta de San Juan». En el siguiente libro de matrimonios, el nº 4 que termina con fecha 4 de diciembre de 1851, encontramos una evolución en el encabezamiento de los diversos registros asi como una adecuación a la pertenencia oficial a una provincia. El 24 de febrero de de 1838 se produce el registro del siguiente matrimonio : «En la leal villa de Villaharta de San Juan , provincia de Mancha Alta, Yo Don Pedro Malpica y Cabellos desposé y casé a Nicasio Sánchez y María Josefa de los Dolores Parrado..»

[Insertamos la transcripción del registro de matrimonio que figura en la foto: En la población de Puerto Lapice a veinte y dos de junio de mil ochocientos veinte y nueve, que es aneja su Ermita de la única parroquial de Villarta de San Juan, provincia de Mancha Alta, Yo Don Valentín SAhagún y Chacón, presbitero, capellán, natural de la villa de Camuñas por dlegación de Don Pedro Malpica , cura párroco de dicha parroquia…. desposé y casé .. a Prudencio Pavón … con Ceferina Gonzalez-Elipe::»]
Este encabezamiento se aplica también a la Población de Puerto Lápice, dependiente de la parroquia de San Juan Bautista de Villarta, de fecha 11 de mayo de 1840 y 25 de enero de 1841. El registro de 2 de agosto de 1843 se inicia así: » En la leal villa de Villaharta de San Juan, provincia de Mancha Alta, Arzobispado de Toledo Priorato de San Juan Yo don Pedro Malpica Cabellos, deposé y casé a Manuel Alejo Fernández de Arriba y Fernanda Tabasco…». Es con fecha de 29 de noviembre de 1843, cuando en el citado libro 4º de desposorios, se inicia el registro de la siguiente forma: «En la leal villa de Villaharta de San Juan, provincia de Ciudad Real, Mancha Alta, Arzobispado de Toledo, Priorato de San Juan Yo D. Pedro Malpica Cabellos desposé y Casé Severo Leonardo Ximenez y Eugenia Alvarez..». El 19 de enero de 1946, siendo cura teniente Don José Rodriguez Bujalance, aparece el útlimo registro en el que aparece el titulo de Leal Villa, con motivo de la celebración del matrimonio entre Antonio Garcia CEca y Victoria Sanchez. El útlimo registro del libro 4, de fecha 4 de diciembre de 1851 con motivo del matrimonio entre Alejo Rodriguez y Victoriana Rodriguez Palmero, aparece el siguiente encabezamiento: «En la villa de Villarta de San Juan, provincia de Ciudad Real y Arzobispado de Toledo y priorato de la Orden de San Juan..».
La separación de la provincia de Toledo de cuyas consecuencias hablaremos en un proximo «poyete» significo no sólo esa situación sino la separación y posterior deaparición del Priorato y la relación entre sus villas. En la actualidad un grupo de estudiosos del Priorato, está trabajando en el estudio de esa historia en común que está dando lugar a muchas curiosidades de nuestra vida pasada cuando todos eramos «bolos» y «sanjuanistas». Seguiremos.
José Muñoz Torres, Cronista Oficial de Villarta
Muchas gracias, Pepe. Es complejo para mí seguir el hilo de a quién fue perteneciendo la tierra que pisamos y por eso más valoro como te desenvuelves por estos vericuetos que la historia ha ido retorciendo y complicando. En cuanto a lo de villartero «ranero», no me extraña que se nos diese aquel apodo, recuerdo cómo, de tantas ranas como había en nuestro río, se pescaban con facilidad: con una simple caña de andamio de huerta, un hilo y un «pegotejo» de lana en la punta; se lanzaba encima de la ova, un par de tirones y la rana oronda se lo tragaba y, al no poderlo soltar de momento, venía a parar a la mano del pescador. Aún recuerdo el sabor incomparable de aquellas ancas de rana con pisto. Por aquellos tiempos, que eran los nuestros de chico, el escudo triangular de nuestro equipo de fútbol, el Villartense, era una rana con un balón.
Saludos.
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