La verdad es que los «nombrecillos» se las traen pero….
Comentábamos en el «poyete» anterior que durante esta semana iríamos dando algunos datos sobre las vicisitudes que la asignación de nombre a un recien nacido han existido Por eso hablábamos de los nombres como una herencia que «sin comerlo ni beberlo» recibíamos a poco de nacer. Y al hablar de herencia lo decíamos en varios sentidos: uno porque era una imposición que en el momento de nacer nos era «asignada» (podíamos tener la suerte de que el nombre nos gustase o la mala suerte de esperar a tener la edad adecuada para poder cambiarlo por otro más apropiado); en otro sentido porque esta imposición, en muchas ocasiones era motivo de enfrentamiento entre familiares, padrinos y padres que, al final, en caso de no llegar a un arreglo, era hecho efectivo, en otros tiempos, por la decisión del párroco, quien iba a ser el autor material del registro de bautizo; registro, por otro lado, que hasta el año 1871 era el único que tenía valor. A partir de esta fecha, con carácter obligatorio, era el registro civil de cada municipio el encargado de hacerlo en sus libros de registros, con idependencia del nombre que se le hubira puesto en el bautizo.
A primera vista podría parecer que el hecho de elegir nombre para un recien nacido fuese una cosa sin importancia pero a lo largo de los años y de los siglos, una elección inadecuada del nombre ha ocasionado multitud de problemas y no sólo entre los familiares. Los primeros registros parroquiales de la Parroquia de San Juan Bautista de Villarta fueron: Libro de Matrimonios que tuvo inicio el año 1603; libro de Bautismos desde el año 1703, el libro de Confirmaciones, desde el año 1878 al 1927 [ En este último, concretamente, se relacionan por orden alfabético todos los confirmados en ese período, con el nombre de los padres] y el libro de defunciones que dió principio el 2 de enero de 1748. El orden de inicio de estos libros está indicado por la necesidad e importancia de los registros que en ellos debían incluirse.[ Sobre este tema se puede consultar el «poyete» «El origen de los registros parroquiales » ] En cualquier caso si es conveniente recordar por lo que afecta a la parroquia de Villarta y de pueblos cercanos cuales fueron los años en que se instauraron los citados registros: En Villarta (Registro de Matrimonios en el año 1603. El de Bautismos en el año 1703 y el de defunciones en el año 1748); Alcázar de San Juan (Registro de Matrimonios en el año 1568 y el de Bautismos en 1549); Parroquia de San Pedro, de Daimiel (Registro de Matrimonios en el año 1594, Bautismos en 1563 y Defunciones en 1659); Herencia (Registro de Matrimonios en 1567, Bautismo en 1528 y Defunciones en 1646), Manzanares ( Matrimonios en 1611, Bautismo en 1571 y Defunciones en 1646) y finalmente la Parroquia de Arenas ( Matrimonios en el año 1653, Bautismos en 1655 y defunciones en 1724).[MUÑOZ TORRES, JOSÉ . El origen de los registros parroquiales. josemuñozvillaharta.blog/2020/08/28].
La consulta de estos archivos nos vienen a indicar varias cosas. La primera que, con carácter obligatorio, no existía registro de ningún tipo donde figurasen los nombres de los recien nacidos, ni de sus padres. Con lo cual el nombre de los recien nacidos, al menos en Villarta sólo podríamos encontrar en esos registros a partir del año 1703. Y la consecuencia más clara es que nadie podría testificar a ciencia cierta con qué motivo se ponía los nombres, ni qué oficialidad tenían los mismos a cualquier efecto, salvo la presentación de testigos que acreditaran bajo juramento la veracidad del nombre que decía cada cual tener. Hemos de señalar que el hecho de que no hubiera registro parroquial, no quiere decir que no se celebrase el bautismo o cualquiera de los otros sacramentos. ¿Se les ponían a los recien nacidos el nombre del padre o de la madre, según el sexo, o eran los padrinos los que decidían el nombre a poner, o bien por seguir la tradición familiar se les ponía el nombre de los abuelos, o era el santo del día, ..?. Hay otros que inciden en el hecho de la influencia que tenía la Iglesia o en concreto los párrocos, en la aplicación del nombre pero esta razón no parece ser muy cierta y solo aplicable a algunos casos. En este sentido, en la actualidad, lo que recomienda la iglesia es que «procuren los padres, los padrinos y el párroco que no se imponga un nombre ajeno al sentir cristiano». Es concretamente en el canon 855 donde se hace esta indicación y de lo que en él se dice se deduce «que es deseable», no obligatorio. Desde un principio la causa de buscar un nombre para un recien nacido (en consonancia con la doctrina de la iglesia) era la de conseguir la intercesión de un determinado santo. Pero a veces la religión ( cualquiera de ellas) mal interpretadas o llevadas a la conveniencia particular puede inducir a ciertas anomalias o «barbaridades» a la hora de elegir un nombre. Si con el hecho de ser bautizado con el nombre de un santo determinado el recien nacido va a tener su intercesión, es lógico pensar que antiguamente, familias de buena situación familiar se hiciesen una sencilla pregunta: «Si el santo del nombre de mi hijo va a interceder por él, si le pongo el nombre de muchos, más serán los que intercedan por él? y así aparecieron algunos como (son relativamente imaginarios los ejemplos que pongo) Laura Maria del Carmen Gregoria al cual algunos con más «ansia» de protección añadían el socorrido » y de Todos los Santos». En cualquier caso, en la actualidad, el único nombre legal es el que figura en el Registro Civil y por tanto el nombre del bautizado tiene que ser idéntico en los registros civil y eclesiástico.
Sin embargo si hay un hecho que, a simple vista, puede ser más sorprendente y es el caso de que no es frecuente que el nombre del padre pase al hijo (por eso del machismo anquilosado, el hecho de que el hijo tuviera el mismo nombre y apellido que el padre podía causar algún problema por sucesiones, representación o similares, más si se diera el hecho de que el primer apellido de la madre coincidese con el segundo del padre. Por eso algunos padres de familias bien, le daban muchas vueltas, a la hora de elegir el nombre. En el registro de confirmaciones correspondiente al 14 de octubre del año 1878, en ceremonia celebrada por el Obispo de Ciudad Real, Victoriano Guisasola y Rodriguez sólo aparece un individuo que tiene el mismo nombre que el padre. Curiosamente el hecho de poner el mismo nombre al hijo que el que tenía el padre daba lugar a que, para diferenciarlos, recibieran un apelativo propio: El padre sería llamado Fulanico, el «Mayor» y el hijo sería conocido como Fulanico, el «Menor», dando lugar, en alguna ocasión, a que el apelativo pasase a convertirse en apellido y de ahí el origen del apellido «Menor».
Otro modo de poner nombre a un recien nacido eran a propuesta de los padrinos, que podían ser uno sólo o bien un hombre y una mujer. Me consta, personalmente, que en algunos casos la asunción por alguna persona de ser padrino o madrina de un bautizo conllevaba el que esa persona quedaba «autorizada» por los padres a poner el nombre libremente y en algunos casos muy a «regañadientes» de los padres o abuelos. Otro hecho es que fuese el nombre de los abuelos el que pasase a los nietos, con el acuerdo y el previo asentimiento de cuales deberían ser, si los abuelos paternos o maternos (normalmente en aquellas fechas la preferencia era la del abuelo paterno, si el recien nacido era varón y el de la abuela materna si el recien nacido había sido mujer; finalmente, era frecuente que el nombre fuese puesto por los pedrinos del bautizo, que en el primer nacimiento, eran los que habían sido padrinos de boda de los padres. En cualquier caso no había razones definidas para designar qué nombre debía ponerse a un recien nacido Realmente el hecho de poner nombre era, como decía en el último «poyete», una herencia realmente no muy gustosa, para aquel que al cabo de los años debía soportar un nombre con el que no estaba muy de acuerdo y un disgusto que a veces, al cabo del tiempo surgía en el seno de la familia: «Mira cada vez que me acuerdo del digusto que me llevé con el nombre que le pusiero a la chica… Nada, ¡que tenía que llamarse como quisiera la madrina!. Tenía que haber sido ahora…» Todos hemos conocido algún caso en el que a una persona que hemos conocido siempre por una determinado nombre, en el momento de su funeral nos encontramos con la sorpresa de que en realidad se llamaba de otra manera. Y no digamos la sorpresa,que alguna vez se llevaba alguna novia, hace ya mucho tiempo, cuando el cura, a la hora de leer las «amonestaciones» previas a la celebración de una boda, decía el nombre oficial del registro parroquial del que la novia nunca se había enterado, …. En fin casi con toda seguridad recordaréis algún caso curioso que ahora pasado el tiempo sonará raro.
A veces se han dado casualidades curiosas como el hecho de algún padre al cual su propio nombre le caía muy mal –¡Como si no hubiese habido otro santo!, -decía con no muy buen humor. Pues mirad, por donde, -como se dice-, tiene un hijo que nace el mismo día del santo de su nombre, que ya tienen, algunas veces, narices las casualidades. En otros tiempos se hubiese planteado que era un designio y habría que ponerle ese nombre, pero ya eran otros tiempos, y evidentemente, el recien nacido no heredó el nombre de su padre.
En cualquier caso en la actualidad lo únicamente válido es el nombre que figura en el Registro civil al amparo de la ley de Registro Civil del 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, actualizada el 3 de junio de 2021, y que «para bien o para mal«, dice en su Artículo 51, lo siguiente:
Artículo 51. Principio de libre elección del nombre propio.
El nombre propio será elegido libremente y sólo quedará sujeto a las siguientes limitaciones, que se interpretarán restrictivamente:
1.º No podrán consignarse más de dos nombres simples o uno compuesto.
2.º No podrán imponerse nombres que sean contrarios a la dignidad de la persona ni los que hagan confusa la identificación.
3.º No podrá imponerse al nacido nombre que ostente uno de sus hermanos con idénticos apellidos, a no ser que hubiera fallecido.
Y decía antes que «para bien o para mal» el anterior Artículo 51 permite, en la actualidad, la posibilidad de poner nombre a un recien nacido, dejando el campo abierto a nuevos nombres ( a veces desconcertantes) que recuerdan al protagonista de la serie de moda, al jugador de fútbol que tanto le gusta al padre del recien nacido y que a lo mejor, cuando tenga edad para ello, resulta que a ese niño, ya mayor, no le gusta para nada el fútbol, o esos nombres tan «bonitos» en inglés, para que el niño, desde pequeño, se integre en el mundo anglosajón que nos están metiendo por los ojos. Asi que una busqueda rápida nos permite ver los listado de nombres raros actuales como por ejemplo: Adrid (Rebaño de Dios), Agni ( Uno que se teme), Alfio (Blanco; además figura en el santoral como santo siciliano que se celebra el 10 de mayo), Asher ( Feliz), Brail( se desconoce su significado), Chay ( Él se hará grande), ( En vasco aguila poderosa), etc. etc.
Hay una frase hecha que se puede decir de dos formas: «Cualquier tiempo pasado fue mejor», para el pesimista y en cambio para el optimista se podría decir «Cualquier tiempo pasado fue peor».
Sin embargo, a pesar de todo, lo normal es la utilización de nombres normales, incluso recuperando nombres que se utilizaron hace muchos años. Como ejemplo de esta normalidad, adjunto en esquema con los 100 nombres más utilizados en España y en concreto los dos más frecuentes son: Maria Carmen (641.875) y Antonio (640.854).
Los cien nombres más utilizados en la provincia de Ciudad Real ( Fuente: INE (Instituto Nacional de Estadística)
DOCUMENTOS:
Relación de personas confirmadas el 4 de diciembre de 1927 en la Iglesia Parroquial de San Juan Bautista de Villarta de San Juan por Don Narciso de Estenaga y Echevarría, obispo titular de Dora y Prior de las Ordenes Militares (En la presentación de en la actualidad ya Beato Narciso de Estenaga y Echevarría, figura un curriculum personal de títulos). Los padrinos de Confirmación fueron Don Gabino Rincón Torres y Dª Jesusa Rincón Garcia-Filoso. [La fuente de estos datos es: «España, registros parroquiales y diocesanos, 1307-1985. //https//familysearch.org.]