
Hasta no hace tanto tiempo el proceso desamortizador, –la desamortización[Puesta en venta de los bienes de manos muertas, mediante disposiciones legales]– era como «mentar la soga en casa del ahorcado», al menos en amplios sectores eclesiásticos, fundamentalmente. Hubo otro momento en que el proceso desamortizador fue puesto como ejemplo de los que se debía hacer, al menos en ciertos sectores progresistas. Pero, actualmente, lo que si hay que hacer es señalar sus grandes inconvenientes y sus grandes beneficios, aparte de las formas que se arbitraran, en su momento, para hacerlo. Lo único que si queremos detacar de estos procesos es que se pusieron en marcha sin tener en cuenta a los principales afectados de la España rural: los pequeños propietarios y el campesinado en general. Cuando estudiamos los trabajos que se han realizado sobre este tema y vemos sus conclusiones no nos queda mas remedio que preguntarnos: «¿de qué pais se está hablando?». El profesor TOMÁS Y VALIENTE, decía:
» Una y otra vez hay que repetir que quiene no compraron nada o casi nada fueron los campesinos: ni los pequeños propietarios ni menos todavia, los jornaleros no propietarios […] Aniceto de Álvaro, que podía ser más sincero que el propio Mendizabal, delaraba que al gobierno no le intgeresaba que las clases mas modetas comprasen tierras, puesto que aún en el supuesto de que algunos pequeños propietarios lograsaen adquirir alguna finca, como no tenían dinero líquido ni crédito personal, no podrían explotarlas con óptimo rendimiento […] Los proletarios sin arraigo -decía el mismo periodista- sin edcuación, acaso sin moralidad, ni ideas sociales no podían ofrecer a la monarquía liberal un apoyo tan valioso como el de los ricos capitalistas..» [TOMÁS Y VALIENTE, FRANCISCO. La obra legislativa y el desmantelamiento del Antiguo Régimen. La era isabelina y el sexenio democrático. Historia de Espeña de Menéndez Pidal. Tomo XXXIV. Madrid, 1983. Pág. 170].

No trato de hacer un análisis del proceso desamortizador y de la legislación de esa época, sino mas bien la forma de implicarlo en la vida y posibilidades de un pueblo, como el Villarta de entonces y la incidencia de todos esos proyectos en el día a día del pueblo. Por otro lado, y desde la prespectiva de una vivencia en el mundo rural, hemos de señalar que el proceso desamortizador, principalmente, tenía un objetivo hacendístico que, posiblemente, se alcanzase pero que nunca tuvo en cuenta la modernización de la agricultura, su mejora, productividad o la mejora del nivel de vida de sus habitantes. Se puede afirmar que todos esos objetivos que podían suponer una modernización de la agricultura, sobre todo en las dos Castillas, Andalucía y Extemadura, solo pudieron conseguirse un siglo después y, aún asi, se consiguió mas por una necesidad de expansión de la industria de maquinaria agrícola -a mediados del sigloXX-, que por una correcta planificación agraría, ocasionando un coste social de consecuenias gravísimas para la población de estas zonas al provocar una emigración masiva de la mano de obra sobrante. A este respecto SÁNCHEZ JIMÉNEZ dice:
«El efecto más inmediato de las desamortizaciones -la privatización de la superficie con el fin de crear una familia de propietarios, según las palabras del decreto- fue en la práctica, desde el prisma de análisis que aquí interesa, el del cambio de manos de las tierras a favor de nobles ya antes hacendados, de una primigenia burguesía negociante, de profesionales libres y, sobre todo en zonas de minifundio, de pequeños compradores que adquieren fincas igualemnte pequeñas; sin olvidar, por supuesto, a los especuladores, calificados por Tomás y Valiente como capitalistas de poca monta y escasa creatividad, o como negociantes destacados más que por producir riqueza por comercializar con ella comprando con una mano y vendiendo con otra». [SÁNCHEZ JIMÉNEZ, JOSÉ. Los marcos de vida. Las sociedades campesinas y las formas de vida rural. Los fundamentos de la España Liberal. Historia de España de Menéndez Pidal. Tomo XXXIII. Madrid, Págs. 593-594]
Más adelante, el mismo autor, y, refiriendose al modo de vida de las sociedades campesinas, dice, al respecto de la incidencia de estos procesos legalizadores de la propiedad:
«El coste social del proceso se concretaba, sin embargo, mas en penuria y ssufrimientos humanos que en la transformación del campo como marco de vida, conforme a la modernización y mejora que el modelo demandaba. El campo, en líneas generales, permanece igual; y los cambios consiguientes revelan menos tecnificación y menos productividad de las esperadas, aún cuando la rentabilidad de los grandes y hasta medianos propietarrios y agricultores aumentara. Lograron su beneficio o lucro en, o gracias a, un sistema arcaíco, favorecido además por una rentabilidad inmediata, en gran parte debida a la permenente demanda de tierra de labor» [SÁNCHEZ JIMÉNEZ, JOSÉ. Obra citada. Pág. 524]
Lo verdaderamente importante de todo este proceso es la obra legislativa en torno a la propiedad, una vez que esta ha sido desamortizada de las manos muertas. El concepto de manos muertas o bienes amortizados es perfectamente definido por Tomás y Valiente en la obra antes citada y, en lineas generales, lo que suponía un quebranto para la hacienda pública -evidentemente para la Hacienda pública los bienes amortizados no suponían ningún ingreso- era un beneficio para el campesinado o pequeños agricultores que, aún sin ser propietarios de la tierra, tenían en sus manos el control de unas tierras a cambio de unas rentas proporcionadas a la producción y difícilmente evaluables por los verdaderos propietarios, generalmente la Iglesia o grandes órdenes religiosas. De ahí el que muchos de los campesinos viesen con simpatía el carlismo que, de alguna forma fomentaba una vuelta o mantenimiento a situaciones anteriores. En el tiempo, el proceso desamotizador, va a comprender gran parte del siglo XIX, si bien la mayor incidencia se produce mediante los decretos del 19 de febrero de 1836 (Desamortización Eclesiástica) y otro segundo decreto, el de 29 de julio de 1837 ( Mendizabal y Espartero) junto a la Ley General de Desamortización de Madoz del año 1855.

Los datos que tenemos sobre Villarta, en cuanto al proceso de desamortizacion, están pendientes de estudio y por tanto los concretos de que disponemos son pocos. ÁNGEL RAMÓN DEL VALLE, en su obra Desamortización y cambio social en la Mancha, 1836-1854 nos habla de una superficie desamortizada para Villarta de poco más de 174 Has. sin que haya indicación expresa del periodo en el que se ha producido. Sin embargo las tierras sujetas a posibles desamortizaciones en Villarta podría afectar a una superficie total de unas 5.900 Has. Es muy posible que gran parte de las tierras pertenecientes a Memorias y Capellanias, fuese, de alguna forma, a parar a manos de sus administradores o capellanes, sobre todo a manos de los primeros dada su condición de pequeños agricultores. Los otros bienes propios de la fábrica de la iglesia (Parroquia de Sanb Juan Bautista), así como los de imágenes que suponían, aproximadamente unas 250 fanegas, repartidas en pequeñas parcelas pueden corresponderse con las compras realizadas por pequeños propietarios de Villarta. Los nombres y propiedades apuntadas por Remón del Valle son las siguientes:
Joaquín Espinosa: Nº de parcelas compradas: 5; Superficie total: 15 Has. 29 a. y 50 ca. Importe: 1.552,17 reales de vellón.
Ceferino Jiménez: Nº de parcelas compradas: 6; Superficie total: 20 Has. y 93 a. Importe: 2,971,00 reales de vellón.
Domingo Serrano: Nº de parcelas compradas: 12; Superficie total: 43 Has. 95 a. y 30 ca. Importe: 6.633,00 reales de vellón.
Lucio Serrano: Nº de parcelas compradas: 2; Superficie total: 4 Has. 88a. y 36 ca. Importe: 4.000,00 reales de vellón
Pedro Tabasco: Nº de parcelas compradas: 5 Superficie total: 21 Has. y 73 a. Importe: 7.421,00 reales de vellón.
José Molina y Ribera: Nº de parcelas compradas: 6; Superficie total: 6 Has. 92 a. y 30 ca. Importe: 7.056,00 reales.
Lo que supuso un total de 36 fincas con una superficie total de 113 Has., 71 a. y 46 ca. con una importe de 29.633,17 reales de vellón [VALLE CALZADO, ANGEL RAMON DEL.- Desamortización y cambio social en la Mancha, 1836-1854. Biblioteca de Autores Manchegos. Ciudad Real, 1996]
Exceptuando a José Molina y Ribera, secretario del Ayuntamiento, el resto de compradores pertenecían a familias de labradores tradicionales de Villarta, y en relación con la propiedad media de los propietarios de Villarta habría que situarlos entre los de mayor número de propiedades. Tanto Joaquín Espinosa, como Ceferino Jiménez, fueron alcaldes de la localidad, el primero descendiente de una importante familia de Villarrubia de los Ojos. En cualquier caso no podríamos sacar conclusiones de estos datos porque son muy parciales ni que la adquisición de estos terrenos por parte de los citados propietarios se viese favorecida por su cercanía a la administración local.

El grueso de tierras desamortizadas pertenecían a Órdenes religiosas o terrenos de propios del Ayuntamiento de Villarta. En cualquier caso el propio Madoz -y tenía sobradas razones para estar informado- comenta en su diccionario, al hablar de Madara -que describe pormenorizadamente en sus cultivos con una superficie total de aproximadamente 1.500 fanegas- que es posesión del Conde de Floridablanca. Asi mismo dice:
«… Confina el térm. por N. con el del Puerto-Lapiche; E. Las labores y Herencia; S. Manzanares y O. Arenas de San Juan, estendiendose 1 y1/2 leguas a 2 y comprende el Santuario de San José, en el Monte llamado de las Monjas, con su caserio; otra casa de campo llamada de Plaza; los Montes llamados Coto de Quesada, de propiedad particular como el anterior, y el de Villarta, de los propios..» [MADOZ, PASCUAL.- Diccionario Geográfico-Estadísico-Histórico de España y sus posesiones de Ultramar. Madrid, 1845-1850.]
Corregimos el dato que da Madoz sobre los confines del término ya que al E. sólo confina con Herencia. Las Labores confina al O. juntamente con Arenas de San Juan y al S. en el monte de Madara. En cuanto al Santuario de San José se trata de una pequeña ermita que hasta hace poco se encontraba en el citado sitio de las Monjas. En cualquier caso el llamado monte de las Monjas, propiedad que había sido del Convento de Religiosas Carmelitas Descalzas de Daimiel, la casa de campo, con sus tierras, llamada de casa Plaza, propiedad que había sido del Convento de Religiosas Franciscas del Orden de Santa Clara de la Purisima Concepción de Alcázar y las tierras de la Capellania Colativa de Don Manuel Aguilera sita en el coto de Quesada, concretamente en los paredazos de Vera, estaban ya en manos de particulares. No fue objeto de desamortizacion la dehesa de propios de la Vega o Quintillo con cuyos productos -pastos- se cubría el presupuesto municipal.
El Catastro del Marqués de la Ensenada o Catastro encaminado al establecimiento de la Ccontribución única que debería sustituir a las antiguas rentas provinciales en el convencimiento de que las mismas eran injustas y por otro lado, fundamentalmente, antieconómicas. Según las propias instrucciones se trataba de «hacer contribuir al vasallo en proporción de lo que tiene y gana, con justicia y equidad» aunque en ese momento se siguen considerando las propiedades de manos muertas. Pues bien, analizando el citado catastro, en relación con estas tierras, vemos claramente su situación de bienes de manos muertas, ya que, a diferencia del resto de propiedades, no están valoradas sus rentas. Solamente se le suponían una serie de cargas que iban a parar a manos de la Iglesia, pero sin que las mismas supusiesen ni carga excesiva para el administrador de las tierras ni relación alguna con la producción obtenida. Para comprobar mas claramente esta situación transcribimos los cargos de algunas de estas propiedades.
-
«Los cargos que tiene esta parroquial anualmente son tres misas rezadas cada un año y unos oficios y por dichas misas y oficios se pagan diez y ocho reales. Al sacristán se le pagan anualmente de situado, con obligación de dar vino 448 reales de vellón. También se le entregan a dicho sacristán en cada un año 6 arrobas de aceite para que cebe la lampara de Santísimo Sacramento. La cera necesaria, que un año con otro se gastaran 24 libras que unas veces cuestan a nueve reales y otras a diez. Y ultimamente puedo decir que todos los gastos que ocurren segun han resultado de mis cuentas, que los gastos anuales llegaran a la cantidad de 1.100 reales de vellón, inclusas las partidas de sacristan, aceite y cera, y esto ha sido sin haber habido en el tiempo que ha estado a mi cargo dicha Mayordomía, gastos de ornamentos, fabrica ni otros mas que los precisos anuales» [Declaración presentada por Manuel Alonso Romero, Mayordomo y Administrador de la Fábrica de la Parroquia]
-
«Con lo que producen dichas tierras se pagan 16 procesiones que se hacen con dicha Sta. Imagen todos los años que son los derechos ochenta y ocho reales de vellón. La ofrenda del día de las Candelas que tiene de costa un año con otro, otros cincuenta reales. Y otros gastos que ocurren, como es cera y otras cosas como cintas, alfileres, tocas. [Declaración presentada por Manuel Alonso Romero, Administrador del caudal de Nuestra Señora del Rosario, sita en la Parroquia de esta villa]
-
«Esta tierra es una memoria que fundó Quiteria Rodriguez y tiene de cargo una Mi8sa y oficios cantados y se pagan por los derechos al Sr. Prior y sacristan veinte y un reales de vellón todos los años» [Declaración presentada por Manuel Alonso Romero Mayordomo-Administrador del caudal que tiene el glorioso Santiago Apostol]
-
«Tiene el cargo de cebar la lampara todo el año, repasar la ermita, lucir su altar con adorno y otros gastos que ocurren para el adorno de dicha Santa Imgagen» [Declaración presentada por Manuel Alonso Romero, Mayordomo-administrador del caudal de Nuestra Señora de la Paz, que se venera en la población de esta villa]
Considerando todas estas tierras como de mediana calidad, la renta total que les sería aplicable, según los datos del Catastro, sería aproximadamente de 15.750 reales de vellón (Aplicamos el tipo de 63 reales/fanega, correspondiente a tierra para trigo de mediana calidad y clase 7ª), cantidad por otro lado equivalente al importe de producción (Balance Ingresos/Gastos) que podrían ascender a la cantidad de 15.769,53 reales [MUÑOZ TORRES, JOSÉ.- Una historia, un pueblo: Villaharta de la Orden de San Juan. Balance de ingresos/gastos en una parcela de secano, siguiendo el trabajo de Javier María de Dónezar Diez de Ulzurrum]
El alto beneficio obtenido, una vez descontados los gastos señalados por el Administrador, puede hacernos una idea de lo que el proceso desamortizador pudo suponer para este sector de agricultores y, evidente su malestar, azuzado, en muchas ocasiones, por parte del clero, claramente desfavorecido.
Las otras propiedades eclesiásticas, las pertenecientes a Congregaciones y órdenes religiosas, de mayor extensión, no debieron tener una repercusión inmediata en la población de Villarta, ya que la administración de las mismas, anterior al proceso desamortizador, era llevada a cabo por vecinos de localidades próximas. A simple vista, en un principio, parece como si el proceso desamortizador solo hubiera supuesto un cambio de manos de la propiedad. Sin embargo las nuevas legislaciones y la necesidad de sacar rentabilidad a las inversiones realizadas, si van a suponer evidentes inconvenientes para la vida y desarrollo de nuestro pueblo.
Dicho esto es conveniente señalar la relación de fincas que fueron desamortizadas o que al menos reunían la condición de desamortizables. Esta relación, sin saber aún, el nombre del primer propietario, tras la amortización es la siguiente:
-
Capellania fundada por Melchor de Bocanegra. Parral de 1500 vides. 5i fanegas de tierra de secano, repartidas en cuatro suertes. Tiene a su favor un censo redimible de 1100 reales de principal. Administrador: Bernardo Moreno. Titular de la CApellania: Don Joaquin Ximénez Avendaño. Tiene el cargo de 18 misas rezadas al año (36 reales).
-
Convento de Mercedarios Descalzos Redentoristas de Cautivos, de la villa de Herencia. Bienes propios: 22,5 fanegas de tierra de secano en los Chaparrales. 406 pies de oliva en el sitio de la Bolliga.
-
Capellania fundada por Doña Magdalena Rodriguez Esquivel. Bienes: Olivar de 300 pies de oliva en el sitio de la Bolliga. Administrador: Victoriano Díaz Naranjo.
-
Capellania fundada en Herencia por D. Julián Diaz Rasaerón y Dª María de Úbeda. Bienes: Olivar de 500 olivas en el sitio de la Bolliga de Abajo. Tierra de Secano de 6 fanegas y 8 celemines, en el sitio de la Cañada de Pajares. Capellán: Juan Manuel Martin de Ubeda, Presbítero.
-
Capellania fundada por Pedro Torres Gijón y Luisa Rodriguez, su mujer. Bienes: Olivar de 180 olivas en el sitio de la Bolliga Baja. Capellán-Administrador: Manuel Isidro de Torres, Presbítero de Herencia.
-
Capellania fundada por Diego Ramón e Isabel Rica, su mujer. Bienes: 20 fanegas de trigo en el Camino del Encinar. Capellán-Administrador: Manuel Isidro de Torres.
-
Capellania fundada por Pedro Fernández de las Heras. Bienes: Tierra de secano de 2ª calidad en el sitio de las Casas del Médico de 13 fanegas; Tierra de secano de 3ª calidad de 31 fanegas en el sitio de la Bolliga. Capellán: Manuel Apolinar Gallego, ordenante de primera tonsura.
-
Cabildo de San Pedro y San Pablo de la Villa de Herencia. Bienes: Casa-venta en el sitio de Puerto Lapiche, arrendada en 5 reales diarios a Alfonso Cantero. 32 fanegas de tierra de mediana calidad en el camino Real de Villarta. Presbítero-Mayordomo: Don Manuel Jiménez Heredero.
-
Capellanía fundada por Fernando Díaz de la Favorita. Bienes: 14 fanegas de trigo de inferior calidad en la Cañada del Torcón. Administrador: Pedro Moreno Palancas, Capellán: D. Felix Díaz de Úbeda, religioso de la Orden de San Bernardo.
-
Capellania fundada por Francisco López Carpintero, vecino de Villarrubia. Bienes: 10 fanegas de tierra de secano de inferior calidad en el sitio de la Bolliga, Haza del Mojón. Administrador: Sebastián Sánchez de MIlla Crespo, veino de Villarrubia. Tiene la carga de 9 misas rezadas de a 2 reales.
-
Capellania fundada por Dª Ana Baillo de la Beldad, de Herencia. Bienes: 4 fanegas de tierra de secano. Capellán: Don JOsé Francisco de Figueroa y Contreras.
-
Capellania colativa fundada en la Iglesia de San Bartolomé de Almagro por D. Manuel de Aguilera. Bienes: 300 fanegas de tierra secano para trigo de 3ª calidad en los Paredazos de Vera, junto al camino Real que va a Manzanares. Capellán: Don Pedro García Novés y Aguilera, Clérigo de Menores de la villa de Almagro. Cargo 24 misas rezadas al año de a 8 reales cada una.
-
Capellania fundada por Don Bernardo de Quesada y Naranjo. Bienes: 25 fanegas de tierra de secano en el sitio de El Rocin. 563 de tierra de secano de 3ª calidad en el sitio de Monte Carrizo. Casa quinteria en el sitio de El Velo y otra en Monte Carrizo. Capellán-Administrador: Don Francisco Treviño de Quesada, Presbítero comisario del Santo Oficio en Manzanares.
-
Capellania fundada por Alfonso López Mateos. Bienes: 113 fanegas de tierra de secano en el sitio del Rocin junto a la tierra de Felipe Vera. 200 fanegas de tierra secano (vínculo) en el mismo sitio. Capellán: Don Andrés Mateos, presbítero. Cargas: 52 misas rezadas cada año.
-
Memoria de Don Francisco de Lora, de la villa de Urda. Bienes: CAsa mesón en la calle real de Villarta arrendada en 1420 reales. Administrador: Don Nicolas de Coca y Corredor, vecino de Daimiel.
-
Capellania de Dª Catalina Vela Muñoz. Bienes: Tres olivares de 437 olivas en total, junto al camino real de Villarta al Puerto. Capellán: Don Pedro Simón García de Yébenes, Presbítero.
-
Capellanía de Dª Catalina Vela Muñoz (2ª parte) Bienes:Tres olivares de 262 olivas en total. Capellán: Don Juan Alfonso Rodriguez Toribio, clérigo de epístola de Villafranca.
Casas de la labor de Plaza. Situación actual -
Convento de Religiosas Franciscas del Orden de Santa Clara de la Purísima Concepción de Alcazar. Bienes: 180 fnegas de tierra secano en la labor de Plaza. Madre Sor Dª Francisca de Santa Rosa y Ropero, abadesa.
-
Capellanía de Esteban de las Heras. Bienes: 5 fanegas de tierra junto a la Peñuela. Capellán: Don Vicente Espinosa y Mora, Presbítero de Alcázar.
-
Patronato fundado por Fernando Martin Cacho de la Membrilla. Bienes: Dos casas meson en la villa de Villarta, ambos en la calle Real, arrendados a Pedro Molina (uno por 1200 reales) y el otro a Don Pedro Perea ( Presbíetro y capellán de honor de S.M) por 7 ducados. Patrón: Don Francisco Treviño Calderón de la Barca.
Las Monjas. Estado actual del caserio -
Convento de Religiosas Carmelitas Descalzas de la Villa de Daimiel. Bienes: 520 fanegas de tierra de monte junto a la Cañada de los Madriles, en el sitio o dehesa de la Mancha. Mayordomo del Convento: Tomás de Carmona.
-
Ayuntamiento de Villarta. Bienes de propios: Dehesa y tierra que llaman de Mancha y Madara, de chaparral y mata parda de 3.340 fanegas. Dehesa baldía realenga del Puente y Peñuela de 3.000 fanegas arrendadas para el pago de arreglos del puente de Villarta.
El proyecto desamortizador implicaba la puesta a disposición de los bienes de manos muertas en manos de estamentos o clases ajenos a la agricultura -la alta burguesía- y la inversión que este estamento debía acometer no podía quedar sujeta a vaivenes políticos; por tanto existía la necesidad previa de garantizar de forma clara e inequívoca de ciertos derechos, entre otros, el fundamental derecho a la propiedad. Esta puede ser una de las razones por las que en la Constitución de 1837 firmada por la reina Isabel II, se introduce el artículo 10 que dice:
» No se impondrá jamás la pena de confiscación de bienes y ningún español será privado de su propiedad sino por causa justificada de utilidad común, previa la correspondiente indemnización.» [CONSTITUCIÓN DE 1837. Reinado de Isabel II. Capítulo I Aartículo 10].
Como dice TOMÁS Y VALIENTE en la obra citada » hay que tranquilizar a los propietarios. Sobre todo a quienes por aquellas fechas comenzaban a serlo de unas tierras, hasta entonces pertenecientes a otros titulares y sometidas a otro régimen jurídico.» Y no sólo la propiedad sino además la libertad de actuación total sobre sus nuevas propiedades, hasta entonces sujetas a una serie de restricciones que chocaban frontalmente con el nuevo concepto de propiedad. Para ello se legisla, incluso con anterioridad a la nueva constitución, para establecer una serie de actuaciones que van a suponer una profunda incidencia. Entre otras disposiciones podemos indicar las siguientes:
- Ordenanza General de Montes, del 22 de diciembre de 1833. Aunque la citada ordenanza hace referencia a los montes de realengo o públicos, en el Articulo 3º hace una introducción general que dice:
Artículo 3º Todo dueño particular de montes podrá cerrar o cercar los de su pertenencia siempre que los tuviere deslindados y amojonados, o provocar el deslinde o amojonamiento de los que aun no lo estuvieren, y una vez cerrados o cercados podrá variar el destino y cultivo de sus terrenos y hacer de ellos y de sus producciones el uso que mas le conviniese.»
- Real Orden de 20 de febrero de 1834 (Sobre vendimias)
Se hace cumplir la Orden de 29 de noviembre de 1831 «por la que los cosecheros de uva de todas las provincias de la peninsula pueden dar principio libremente a la vendimia en la época y forma que crean conveniente»
- Real Decreto de 25 de febrero de 1834 ( Sobre extinción de hermandades, gremios y montepios de viñeros)
«Artículo 1º. Quedan extinguidas las hermandades, gremios y monte pios de viñeros del todo el Reino y en plena libertad la circulación, compra y venta de vinos de cualquier clase que sean por mayor y menor, pagando los derechos legítimamente establecidos.
- Real Orden de 29 de marzo de 1834 (sobre introducción de pastos en tierras de su propiedad)
[…] Enterada de todo S.M. la Reina Gobernadora se ha servido declarar que cualquiera puede introducir en sus tierras en todo tiempo sus ganados o los ajenos , a pesar de cualquier disposicion municipal que lo prohiba […] en inteligencia de que habra de aplicarse no tan sólo a montes, viñas y olivares, sino a toda clase de tierra de propiedad particular».
-
Ley de Caza y Pesca del 3 de mayo de 1834
«Artículo 1º Los dueños particulares de las tierras lo son también de cazar en ellas libremente en cualquier tiempo del año, sin traba ni sujeción a regla alguna.
Artículo 4º Se podrá cazar sin licencia de dueños en las tierras abiertas de propiedad particular que no estén labradas o que estén de rastrojos.
Artículo 9º Se prohibe cazar [entre otras provincias en Ciudad Real] desde 1º de marzo hasta 1º de agosto. [ y continúa el Artículo 10] Se prohibe cazar en los días de nieve y los llamados de fortuna [Dias de fortuna: Entre cazadores, aquel en que abunda la caza, por nevada, por quema en el campo o por otro accidente semejante].
Artículo 11º Se prohibe cazar en todo tiempo con hurones, lazos, perchas, redes y reclamos machos
Artículo 14º En los montes y baldios que no pertenezcan a propios, podrán cazar los vecinos del pueblo respectivo con sujeción a las reglas.
- R. D. de 6 de septiembre de 1836 (Restablece en toda su fuerza el Decreto de las Cortes de 8 de junio de 1813) [Puede verse: Administración Municipal. Libro de los Alcaldes, Ayuntamientos y Secretarios. Madrid, 1867 Pág. 351]
Transcribimos exclusivamente el punto 9 ( El decreto desarrolla 10puntos) Dice asi:
«9º Quedará enteramente libre y expedito el trafico y comercio interior de granos y demás producciones de unas y otras provincias de la monarquía, y podrán dedicarse a él los ciudadanos de todas clases, almacenar sus acopios dónde y mejor le parezca, y venderlos al precio que les acomode, sin necesidad de matricularse, ni de llevar libros, ni de recoger testimonios de las compras»
Desde una perspectiva actual no sólo no parece que un conjunto de leyes y normativas como el que hemos, brevemente. descrito pudieran causar problemas directos o suponer una amenaza a la forma de vivir de nuestra gente, sino que incluso podría tener un caracter muy moderno o adaptado al libre comercio…. siempre y cuando la situación de nuestros pueblos hubiera sido muy distinta. Una buena parte de los ingresos de los jornaleros de Villarta era la recogida y transporte de leña, aprovechando el hecho de que casi todos ellos eran dueños de algún jumento; la recogida de bellotas para alimento de ganado de cerda, etc. La leña y bellota procedía de los bienes propios del municipio en las dehesas de Mancha y Madara o en los montes de las Monjas, de tal forma que su recogida, dentro d elos límites marcados por el municipio y de alguna forma vigilados por guardas ( En el Catastro del Marqués de la Ensenda se citan los nombres de Alfonso Moreno y Juan de Dios Raserón como guardas de Monte y Dehesa).
Esta economía de subsistencia se va a ver comprometida o totalmente restringida con la llegada de los nuevos dueños y la aplicación por parte de ellos, de la legislación a la que anteriormente haciamos referencia y que el gobierno había puesto en sus manos o en su beneficio. Una primera medida por parte de los nuevos propietarios va a ser el cerramiento de las fincas, generalmente mediante paredillas de piedra que, aún en la actualidad, son visibles o reconocibles. Este cerramiento al que no pueden oponerse los concejos o ayuntamientos lleva consigo, por un lado, la desaparición de pequeños caminos secundarios, de mucha antigüedad que atravesaban las grandes dehesas de propios, manteniendo, exclusivamente, aquellos que puedan afectar a otros grandes propietarios y los cordeles o veredas de ganados. A partir de ese momento los jornaleros y pequeños agricultores se van a convertir en intrusos, de la noche a la mañana. Por otro lado, la caza menor, abundante en estos montes y, de alguna forma, sustento añadido, no va a ser posible sin incurrir en posibles y severas denuncias. La calidad de vida del campesinado, a nivel individual, se va a ver seriamente perjudicada y va a entrar en una dependencia total de los nuevos propietarios que terminará desembocando en una sociedad caciquil, si bien en nuestro pueblo esta tendencia no fuese ni tan clara ni tan extrema como en otras comarcas o pueblos.
Frecuentemente se asocia la desamortización con la deforestación de montes, sin embargo esta roturación de montes es mínima y habrá que esperar a la Ley de Fincas manifiestamente mejorables ya en el tardofranquismo para que, además de forma desordenada, se roturen los últimos montes existentes. Las dehesas desamorizadas y con muy escaso cultivo se van a convertir en grandes cotos de caza donde se van a negociar acuerdos políticos. En alguna de estas grandes fincas se va a decidir, por ejemplo, el trayecto de algunos tramos de ferrocarriles. A este respecto dice JOSÉ ANGEL GALLEGO:
» Las inexactitudes son referentes a la forma en que e sfestejada la visita de Salamanca ( El Marqués de Salamanca), en primer lugar y en segundo lugar, a la forma oscura en que se hizo la concesión que beneficiaba claramente a Álvarez Guerra, por el trayecto y recorrido que hacía..»[GALLEGO, JOSÉ ANGEL. Alcázar de San Juan.- Ferrocarril y desarrollo, 1850-1936. Biblioteca de Autores Manchegos. Ciudad Real, 2001. Pág. 34].
No podemos olvidar que el propio Álvarez Guerra, ademas de gran hacendado tras el proceso desamortizador se convierte en alcalde de Alcázar y diputado en la legislatura de 1850-1851, curiosamente en los años que se decide el recorrido de la línea férrea de Madrid a Levante. JUnto a él encontramos a otros grandes hacendados de la zona: José Vicente Baillo, diputado en dos legislaturas o Vicente Enriquez de Salamanca, con grandes posesiones por donde discurrirá la línea férrea. El gran proceso de tranformación del patrimonio agrario se va a producir a partir del primer tercio del siglo XX, al parcelar algunos grandes propietarios algunas de sus fincas y poniendolas a la venta o en arrendamiento. Este sería el caso del paraje actualmente conocido como Suertes nuevas. Termino citando a algunos jornaleros para los cuales la desamorización de los bienes de propios de Villarta supuso una pérdida de su trabajo y su forma de vida, me refiero concretamente a los numerosos jornaleros que se dedicaban al transporte y venta de leña, asi como de bellota y que desamortizados esos montes retomarían nuevamente su imprevisible trabajo de jornalero, alternándolo o compaginándolo con el de arriero.
José Muñoz Torres
Cronista Oficial
Gracias, Don José, por tus explicaciones, al final me he ido enterando un poco de esto del proceso desamortizador. También al final he conectado el tema con algo de la realidad que me tocó vivir; yo trabajaba en el campo por cuenta ajena en mi pubertad o juventud (de los 12 a los 18 años), como creo que sabes, cuando vi, e incluso participé, aunque fuese mínimamente, en desmontar partes importantes de algunos de los montes de Villarta, dejando una encina de vez en cuando o algún trozo de «montecillo» de recuerdo, como se sacaban y se serraban a mano los chaparros y los culos se reventaban con barrenos de clorato, como los carboneros hacinaban la leña para sacar el carbón… Ahora lo recuerdo con pena. Sobre las «paredillas» o cercas, como les llamamos, siempre me ha llamado la atención la de la finca de «Las Monjas» que desconozco casi todo menos su grandiosidad, salvando las distancias, la he venido considerando algo así como la «pequeña muralla china» de nuestro pueblo. Me gustaría conocer mas de ella a través de alguno de tus «poyetes». Un abrazo.
Me gustaMe gusta