Sobre el Catastro del Marqués de la Ensenada: Los datos explicados del Catastro de Villarta, por José Muñoz Torres.

En 1749 se expidieron las instrucciones para iniciar el catastro encaminado al establecimiento de la Contribución única que sustituirá a las antiguas rentas provinciales (alcabalas, cientos y millones, etc,), en el convencimiento de que las mismas eran injustas y por otro lado, fundamentalmente, antieconómicas. Según las propias instrucciones, se trataba de «hacer contribuir al vasallo en proporción de lo que tiene y gana con justicia y con equidad. Dada la situación, tanto administrativa como económica , de España en la época de los primeros borbones, esta idea suponía un reformismo progresista desconocido o nunca aplicado hasta esa fecha. Este proyecto supuso una inversión administrativa sin precedentes en nuestra historia con un trabajo de campo exhaustivo. Como decía Vicente Palacio Atard: » fue aquel un gran objetivo de modernización. Años mas tarde el Conde de Floridablanca , hombre pragmático de gobierno, lo calificó de utópico. Era, sin duda, demasiado ambicioso para su época y, por eso irrealizable. Ensenada fue consciente de las dificultades que entrañaba y así lo declaró muchas veces. Pero aquel esfuerzo de información reflejado en el Catastro no sólo sirvió de referencia y base para estimaciones posteriores, sino que constituye una de las aportaciones documentales más importantes para nuestra historia económica.» [PALACIO ATARD, VICENTE. La época de los primeros Borbones. La nueva monarquía y su posición en Europa. Historia de España de Menéndez Pidal. Tomo XXIX. Vol. I. Pág. XXXI. Madrid 1985].

Zenón de Somodevilla, Marqués de la Ensenada ( Fuente: Museo del Prado)

Esta afirmación referida al ámbito local en el que se realizó el Catastro, adquiere mayor importancia cuando se analiza pueblo a pueblo. En el estudio del mismo, no sólo de las Respuestas Generales, sino de todos y cada uno de los cuadernos que la componen, vemos reflejada toda la vida de cada uno de los pueblos. Ciertamente que para poder contestar a cada apartado habría que evaluar la composición de la Comisión establecida en cada lugar para asesorar al Juez Instructor y contó para ello con el nombramiento de personal (vecinos)de cada villa que ampliamente conocedores de los caudales, calidades frutos y efectos fueron nombrado para ello. Teniendo en cuenta, por otro lado, que los citados vecinos ( en el caso de Villarta de San Juan Francisco Sánchez, Diego Sánchez, Benito Rojo y Manuel Alonso Romero) podían ser alguno de los mayores hacendados de la villa, no sería ilógico pensar que algunas valoraciones o mediciones no se correspondiesen totalmente con la realidad. Está claro que cualquier comparación con las Relaciones de Felipe II, sin embargo existen diferencias entre ambas no solo en la forma sino en el fin de las mismas ya que las Relaciones tiene solo un fin de curiosidad sin más imperativo que el de que contesten las preguntas sin que existe posibilidad ni medios de comprobar la veracidad de las mismas. Por ejemplo en la respuesta que se da en las Relaciones al número de vecinos es variable. Mientras los vecinos de Villarta dicen en las relaciones que el número de vecinos es de 80 ( refiriéndose a los cabezas de familia) los vecinos de Argamasilla y Daimiel al hablar de Villarta le asignan el de 150 vecinos, mientras los de Manzanares hablan de 200 y los de Arenas los de 80. En cambio en el catastro son los propios cabezas de familia los que los que dicen el número de miembros de su familia indicando nombre, edad y sexo. Aunque en posteriores «poyetes» hablemos más extensamente de todas las preguntas que se hacen en el Interrogatorio » a que han de satisfacer bajo juramento, las justicias y demás personas , que harán comparecer los intendentes en cada pueblo. Iremos señalando cada una de las preguntas y a continuación de cada una de ellas la contestación dada. Tanto las preguntas como las respuestas son transcripción de las que figuran en el legajo manuscrito, concretamente el Legajo 766, Catastro del Marqués de la Ensenada. Archivo Provincial de Ciudad Real. Por este motivo figuran en él palabras ya anticuadas que ya no se utilizan o expresiones del mismo tipo, por ello aportamos a continuación de cada una de las preguntas y/o respuestas, definición mas correcta de la misma actualizada a nuestro actual lenguaje, de acuerdo en la mayoria de los casos al Diccionario de la R.A.E.

Descripción de Villaharta y sus límites. Año 1782. Realizado por Frey D. Francisco Gregorio de Tejada. (Fuente: Relaciones del Cardenal Lorenzana. Archivo Diocesano de Toledo)

PREGUNTA 1. Cómo se llama la población

RESPUESTA 1: A la primera pregunta dijeron se llama este pueblo la villa de Villarta.

PREGUNTA 2: Si es de Realengo(1) , o señorío ; a quien pertenece; qué derechos percibe; y cuánto producen.

(1)(R.A.E. Diccionario del Estudiante:»Dicho de pueblo o territorio: Que pertenecía a la corona y no a la nobleza o a la Iglesia. Villa realenga».)

RESPUESTA 2: A la segunda pregunta dijeron: pertenece al Priorato de San Juan, que hoy goza y obtiene el Serenísimo Señor Infante Duque Don Felipe, una de las Villas del partido de Alcázar, y que los derechos que percibe S.A. por razón de Señorio son: el que llaman de San Miguel que es once reales en cada un año; el derecho de Portazgo de todos los ganados y cabalgaduras, carros y vagajes (2) en que pasan de cargados por este Término, cuyo derecho está hoy arrendado a Juan Bravo Aceña. Y tambien el derecho de asadura(3) y castellaje ., que se entiende de cada cincuenta reses mayores, vacuno, caballar o mular, una. Y del ganado menor una de cada cien cabezas aunque lleguen a mil, cuyo valor será anualmente hasta cuatrocientos reales, y del ganado vacuno que baja a Extremadura y Andalucia a dos marevedies(4) por cabeza y de las crias un maravedi y del lanar y cabrio tres cabeza al millar, que todo producirá hasta tres mil reales.(2)

(2)(la palabra exacta es bagaje y la R.A.E. la define ||Bestia que, para se utilizaba conducir el equipaje militar..) (3)(Impuesto medieval por derechos de paso de rebaños, que se cobra en especie y en un principio por la asadura de algún animal del ganado que atravesaba el puente)(4)( moneda de cobre vigente hasta 1864. En la actualidad equivaldría a 10 centimos de Euro)

PREGUNTA 3. Qué territorio ocupa el Término, quanto de Levante a Poniente; y del Norte al Sur y quanto de circunferencia, por horas y leguas: que linderos o confrontaciones y que figura tiene poniendola al margen.

RESPUESTA 3. A la tercera pregunta dijeron que el territorio que ocupa el término de esta villa es desde Levante a Poniente tres cuartos de legua(5) , que es desde el término de Herencia al de la de Arenas y desde el Norte al Sur, que es desde las Ventas de Puerto Lápice hasta el término de Manzanares, división de estos términos de esta villa, el de Herencia y Manzanares habrá cuatro leguas. Y de circunferencia nueve leguas y otras tantas horas, en esta forma, desde el vado del Zid(6) por la Cañada de Pajares hasta el Camino Real del Puerto de Lápiche media legua y desde dicho camino por él adelante hasta dicho Puerto que pasa por la esquina de la Venta de Marimorena una legua, y desde dicha Venta hasta los paredazos de la Casilla del Conde por el Camino Real , que va a Villa Rubia media legua. Y desde dicha Casilla del Conde hasta el Encinar, tres cuartos de legua. Y desde dicho Encinar a la fuente de la Peñuela una legua. Y desde dicha Fuente hasta la esquina de Nuestra Señora de la Vega, un cuarto de legua. Y desde dicha ermita hasta el Camino hasta el Camino Real, que de esta Villa va a Daimiel, un cuarto de legua. Y desde dicho camino por él adelante hasta el Mojón de la Hoya del Puerco tres cuartos de legua. Y desde Mojón hasta la casa de Carrizo, una legua. Y desde dicha Casa hasta el Camino Real que va de esta villa a Manzanares, tres cuartos de legua. Y desde dicho Camino por él adelante hasta la redonda de esta Villa, dos leguas. Y desde la Redonda hasta la Madre del río, y por ella adelante hasta el referido Vado del Zid, un cuarto de legua. Y los linderos y confrontaciones que tiene son los términos de la Villa de Herencia por Levante y Norte. Y Arenas por el Poniente; Y por el Sur Manzanares y su figura la del margen.

(5)(Diccionario de R.A.E. Legua:medida de longitud equivalente a 5.572’7 metros ) (6) (Vado del Zid:(…Dicho mojón- nº 12 del deslinde de términos entre Villarta y Herencia realizado el 25 de mayo de 1883- está en una junquera a veinte metros al Este del vado llamado del Cid, propietario de Herencia cuyo apellido sería Moreno Cid)

Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuesta a la pregunta 4 del interrogatorio. Respuestas Generales dadas por la Justicia y Peritos de esta villa a las preguntas del Interrogatorio de la letra A. (Fuente: Archivo General de Ciudad Real. Legajo 766)

PREGUNTA 4. Que especies de Tierra se hallan en el término; si de regadio, y de Secano, distinguiendo si son de Hortaliza, Sembradura, Viñas, Pastos, Bosques, Matorrales, Montes y demás, que pudiere haber, explicando si hay algunas que produzcan más de una cosecha al año, las que fructificaren sola una vez, y las que necesitan de un año de intermedio de descanso.

RESPUESTA 4. A la pregunta cuarta dijeron, que las especies de tierra que se hallan en este término son la mayor parte de secano y una corta porción como de seis fanegas de regadío, que se riegan con pozos de anoria (7), en que se siembran algunas hortalizas de verano y cebada en el invierno para verde o forraje y hay viñas, olivas, tierras de pastos, matorrales y monte de mata parda(8), sin que todas dichas tierras produzcan más de una cosecha al año, a excepción de las referidas de regadío, que producen dos y todas las de secano que se siembran de trigo y otras semillas necesitan de un año de intermedio que llama año y vez. Y en las tierras que están a orillas del río Gigüela, que pasa por las cercanías de este pueblo, y Vega en que se extiende el invierno por la humedad que le queda se siembran melonares y cáñamo de secano.

(7) Anoria: Noria (8)Mata parda: mata baja y espesa de encina

PREGUNTA 5. De quantas calidades de Tierra hay en cada una de las especies que hayan declarado, si de buena, mediana e inferior.

RESPUESTA 5. A la pregunta quinta dijeron que en cada una de las especies que contiene la antecedente hay: En la de regadío toda de primera calidad; en las de labora de secano hay de las tres calidades buena, mediana e inferior y las restantes de Dehesa, matorrales y montes, es de inferior.

PREGUNTA 6. Si hay algún plantío de árboles en las tierras que han declarado, como frutales, moreras, olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos, etc.

RESPUESTA 6. A la pregunta sexta dijeron que en el plantío que hay en las tierras de este término es el de viña y olivares, y como ciento cincuenta álamos negros grandes y pequeños puestos en una huerta contigua a esta villa y no otros algunos frutales, moreras, higueras, almendros, algarrobos, ni de otra especie.

PREGUNTA 7. En quales de las tierras están plantados los árboles que declararen.

RESPUESTA 7. A la séptima pregunta dijeron que los olivos y viñas que tienen declarados y es el único plantio están en las tierras de secano y es de todas calidades de las tres expresadas a excepción de los álamos que están en la de regadío de primera calidad .

PREGUNTA 8. En qué conformidad están hechos los plantíos , si extendidos en toda la tierra, o a las márgenes, en una, dos, tres hileras; o en la forma que estuvieren .

RESPUESTA 8. A la octava pregunta dijeron que los plantíos de viñas y olivares están hechos por hileras a cartabón, según práctica, excepto algunas olivas que hay en tal o cual viñas salteadas y sin orden y los álamos alrededor de la cerca.

PREGUNTA 9. De qué medidas de tierra se usa en aquel pueblo: de quántos pasos, ó varas castellanas en quadro se compone: qué cantidad de cada especie de granos, de los que se cogen en el término, se siembra en cada una.

RESPUESTA 9. A la novena pregunta dijeron que la medida de tierra de que se usa en este pueblo es fanega de cuerda de setecientos y catorce estadales(9), que son cuatrocientas varas en cuadro. Y la cantidad que de toda especie de grano se siembra en cada fanega es en esta forma: en la tierra de regadío que sólo se siembra para forraje necesita de tres fanegas de grano para cada una de tierra; en cada fanega para trigo de buena calidad una fanega; en la de mediana ocho celemines y en la de inferior seis celemines. De cebada de secano, la tierra de primera calidad necesita dos fanegas de grano por fanega de tierra; la de mediana bondad diez y seis celemines ; y la de inferior una fanega. El centeno con media fanega de grano se empana una fanega de tierra de la mejor calidad, en la de medina cuatro celemines; y la de inferior con tres. La de avena, que lo regular es sembrarla en la tierra de inferior con media fanega de grano se ocupa una fanega de tierra; la barrilla(10) , que también se siembra en tierra salitrosa e inferior necesita tres fanegas de simiente para cada fanega de tierra. La sosa es hierba silvestre, que produce sin cultura. El cáñamo, que siempre se siembra en tierra de primera calidad con dos fanegas de simiente se ocupa una de tierra; Y de garbanzos, que se siembran en tierras de primera y mediana calidad con cuatro celemines se ocupa cada fanega de tierra.

(9)( Diccionario de la R.A.E. Estadal: Medida de longitud equivalente a cuatro varas equivalente a 3’334 metros) (10)(Diccionario de la R.A.E Barrilla:Planta de la familia de las quenopodiáceas, ramosa, empinada, con tallos lampiños, hojas blanquecinas, crasas, semicilíndricas, puntiagudas, pero no espinosas, y flores verduzcas, axilares y solitarias.)

PREGUNTA 10. Qué número de medidas de tierra habrá en el Término, distinguiendo la de cada especie y calidad: por ejemplo: Tantas fanegas, o del nombre, que tuviese la medida de tierra de sembradura, de la mejor calidad; tantas de mediana bondad, tantas de inferior; y lo propio en las demás en las demás especies que tuvieren declarado.

RESPUESTA 10. A la décima pregunta dijeron que el número de fanegas que habrá en este término serán hasta catorce mil ciento y cuarenta fanegas en esta forma: de primera calidad de regadío seis fanegas. De secano de igual calidad hasta seiscientas y veinticuatro fanegas. De mediana calidad como tres mil y trescientas. Y de inferior como tres mil y seiscientas fanegas, que todas son de labor. Y de pastos y hierbas en tierras de aprovechamiento común de vecinos de esta villa y de otras con quien comunidad para el apacentamiento de ganados que todo es de inferior calidad, habrá como tres mil fanegas que es la arbitrada en virtud de Real Facultad para la obra y reparos de los dos puentes grande y pequeño sitos sobre el río Gigüela contiguas a esta población. De chaparrales y mata parda como tres mil trescientas y cuarenta fanegas que es la que comprende la dehesa de propios. Y en las Madres del río y concavidades de él , baldías realengas, como veinte fanegas. De tierra plantada de viña cuarenta y dos fanegas, en esta forma: De primera calidad tres fanegas, de mediana bondad diecisiete fanegas y de inferior veinte y dos. De tierra plantada de olivares, de primera calidad setenta fanegas; de mediana otras setenta y de inferior sesenta y ocho; y de tierra inculta por fragosa y pedregal no hay ninguna.

PREGUNTA 11. Qué especie de frutos se cogen en el Término.

RESPUESTA 11. A la pregunta undécima dijeron que las especies de frutos que se cogen en este término son: trigo, cebada, centeno, avena, cáñamo, garbanzos, aceite, vino y barrilla. y la sosa que produce silvestre y sin cultura.

PREGUNTA 12. Qué cantidad de frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad de las que hubiese en el término, sin comprender el producto de los árboles que hubiese.

RESPUESTA 12. A la pregunta duodécima dijeron que la cantidad de frutos de cada género , que unos años con otros producirá cada fanega de tierra será: la de regadío para hortaliza y forraje, que toda es de primera calidad producirá quinientos reales anuales por fanega. La de trigo de primera calidad a diez fanegas, la de mediana a siete fanegas y la de inferior calidad a cuatro. La de cebada en tierra de primera calidad de secano producirá a veinte fanega, la de mediana a catorce y la de inferior a nueve. La fanega de tierra sembrada de centeno en la de primera calidad a doce fanegas; la de segunda a ocho y la de inferior a cuatro. La fanega de tierra sembrada de avena que toda es de inferior calidad a seis fanegas. La de garbanzos de primera calidad a cuatro fanega y la de segunda calidad a una y media. Y cada fanega de tierra sembrada de cáñamo que toda es de primera calidad producirá a veinte arrobas. Y cada fanega de tierra sembrada de barrilla producirá cuatro quintales de a cuatro arrobas el quintal.

PREGUNTA 13. Que producto se regula darán por medida de tierra los árboles que hubiera, según la forma en que estuviese hecho el plantío, cada uno de su especie.

RESPUESTA 13. A la pregunta trece dijeron, regulan dará cada fanega de trigo, digo de tierra plantada de viña considerada por mil cepas cada una ; a las de primera calidad cuarenta y cuatro arrobas, la de mediana a treinta y cinco arrobas y la de inferior a veinticuatro.La fanega de tierra plantada de olivos reguladas por cincuenta pies cada fanega: la de primera calidad quince arroba de aceite, la fanega de tierra de mediana bondad a diez arrobas(11) y la de inferior calidad cinco y medio que son los únicos plantíos que como dejan dicho hay en este término, porque los álamos no tienen regulación de productos.

(11) . Arroba: Medida de líquidos que varía de peso según según las provincias y los mismos líquidos. 1 arroba de aceite 12’563 litros; 1 arroba de vino: 16’133 litros

PREGUNTA 14. Que valor tienen ordinariamente, un año con otro, los frutos que producen las tierras del término, cada calidad de ellos.

RESPUESTA 14. A la respuesta catorce dijeron que el valor que ordinariamente tienen, un año con otro, los frutos que produce esta tierra son: el trigo a diez y ocho reales la fanega; la cebada a nueve y el centeno a a diez reales, y la de avena a seis. La fanega de garbanzos a treinta reales. La arroba de cáñamo a diecisiete reales. De Barrilla a diez y ocho reales el quintal de cuatro arrobas. Y el de sosa a diez reales. La arroba de vino a cinco reales y la de aceite a veinte y dos.

PREGUNTA 15. Qué derechos se hallan impuestos sobre las Tierras del Término, como Diezmo, Primicia, Tercio-Diezmo, u otros y a quien pertenecen.

RESPUESTA 15. A la pregunta quince dijeron que los derechos que se hallan impuestos sobre las tierras de este Término son el Diezmo: que es de 10, una y de 5 media; y así las demas, de cuyos productor por mayor tira y percibe S.A. el Serenísimo Señor Infante Duque D. Felipe, como Gran Prior de San Juan, las dos tercera partes y la otra, la Dignidad Arzobispal y Cabildo de la Santa Iglesia de Toledo, a excepción del que producen las tierras propias de imágenes, que se veneran en la Iglesia Parroquial de esta Villa y ermitas de su Término, con el de avena, que toca por entero a S.A. y llaman Diezmo Redondo y el valor de lo uno y lo otro ascenderá para S.A a quince mil reales en cada un año: Y los diezmos que llaman de Menuncias (12) que son los de huertas, forrajes, melonares, ganado de cerda, mular, caballar, asnal, vacuno y los collazos (13) que se entiende de las soldadas de sirvientes de labor y ganaderos como de otros particulares, que todos estos los percibe el Prior Párroco de esta iglesia, como también la Primicia(14), que es media fanega de grano, trigo y cebada de cada labrador. El voto del Sr. Santiago que es una cuartilla(15) a media fanega de trigo el labrador de una yunta, y el de dos o más media fanega.

(12) Menuncias.(Diccionario de la R.A.E. Menucia: pequeñez, minucia; Minucia: ||2, Diezmo que como pie de altar se pagaba de las frutas y producciones de poca importancia) (13)(Mozo de labranza al que se da alguna tierra para que la labre para sí y paga una cierta cantidad por ello) (14)(Diccionario de la R.A.E. Primicia:||2 Prestación de frutos y ganadosque además del diezmo se daba a la Iglesia) (15)( Diccionario de la R.A.E. Cuartilla:Medida de capacidad para áridos,cuarta parte de una fanega, equivalente 1.387 centilitros)

PREGUNTA 16. A que cantidad de frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie o que precio suelen arrendarse un año con otro.

RESPUESTA 16. A la pregunta diez y seis dijeron que suelen montar los referidos derechos son: El dicho diezmo de trigo hasta trescientas fanegas, el de cebada hasta cuatrocientas fanegas, el de centeno hasta doscientas fanegas. El de avena que es muy poca la que se siembra producirá un fanega. El diezmo de barrilla tres quintales. El de aceite seis arrobas, porque aunque es mayor el producto, corresponde la mayor parte a las diezmerías de Herencia y Arenas. Y el de vino producirá quinientas arrobas, porque aunque son en corta cantidad las viñas que incluyen este término pertenece a esta Diezmería el vino que estos vecinos cogen de sus viñas que tienen en el de Herencia. Y el de cáñamo, que con las Menuncias toca al Beneficiado Prioral que sirve dicho Prior Cura Párroco le producirá anual catorce arrobas. Y el de garbanzos que también toca a dicho Beneficio le producirá seis fanegas. Y la Primicia, que igualmente toca y percibe dicho Párroco será en cada un año de trigo veinte fanegas. De cebada otras veinte. De centeno quince fanegas. Y por lo que respecta a las dichas Menuncias le producirá anualmente un mil y cien reales en esta forma: los pollos sesenta reales. El de ganado de cerda ciento cincuenta. El de mular treinta reales. El de asnal veinte treinta reales. El de ganado caballar treinta reales. El de ganado vacuno ocho reales. El de huertas y forrajes doscientos y setenta y dos reales. De melonares trescientos reales. De queso treinta reales. Y de los collazos de mozos y sirvientes doscientos reales, de esta forma: De Mayoral ocho reales, del ayudador seis reales y del zagal cuatro reales . ( Al margen: Y el Voto cuarenta fanegas).

PREGUNTA 17. Si hay algunas minas, salinas, molinos harineros o de papel, batanes u otros artefactos en el término, distinguiendo de qué metales y de que uso, explicando sus dueños, y lo que se regula produce cada uno de utilidad al año.

RESPUESTA 17. A la pregunta diez y siete dijeron. No hay minas, salinas, molinos, ni otro artefacto en este Término.

PREGUNTA 18. Si hay algún Esquileo (16) en el Término , a quien pertenece. que número de ganado viene al Esquileo y que utilidad se regula a su dueño cada año.

(16)Diccionario de la R.A.E. Esquileo: ||2Casa en la que se esquila al ganado lanar

RESPUESTA 18. A la pregunta diez y ocho dijeron: No hay en este término casa de Esquileo porque cada uno de los ganaderos lo hacen en sus respectivas casas.

PREGUNTA 19. Si hay Colmenas en el Término, quantas y a quien pertenecen.

RESPUESTA 19. A la pregunta diez y nueve dijeron: No hay colmenas en el término de la Villa.

PREGUNTA 20. De que especies de ganado hay en el pueblo y término excluyendo las mulas de coche(17) y caballos de Regalo (18) y si algún vecino tiene Cabaña o Yeguada que pasta fuera del Término, donde y de que número de cabezas, explicando el nombre del Dueño.

(17) Diccionario de la R.A.E.Mulas de cocheo de paso. Entendemos que se refieran a la mula de paso que era la destinada a servir de cabalgadura a diferencia de la de tiro y enseñada a caminar, generalmente al paso de andadura (18)Diccionario de la R.A.E. Caballo de regalo, Aquel que se tiene reservado exclusivamente para lucimiento.

RESPUESTA 20. A la pregunta veinte dijeron: que en esta villa hay las especies de ganado siguientes: De ganado lanar hasta dos mil quinientas cabezas que la componen los atos(19) de D. Pedro Perea, Capellán de Honor de S. Majestad, natural de Orgaz que tiene casa de apeadero (20) y para recogimiento de los ganaderos en esta Villa. José y Pedro de Flores, Pedro Fernández Rojo, Diego Morales y otros cortos peujareros(21). De cabrío hay dos piaras de a cien cabezas, la una de Alfonso Cantero y la otra de Alfonso Molina Prados, asistentes en las Ventas de Puerto Lápice. De ganado de cerda compondrá hasta treinta cabezas. Y algunas yeguas de son siete en todas. Dos vaca y una becerra, y no hay otros algunos, que todos pastán en este término y la utilidad que les regulan y consideran es por cada una oveja mayor diez reales, cada borrego o borrega a tres reales y que no hay quien anieje(22) carneros porque todos los venden a la cria. En el ganado cabrío le regulan la utilidad de la cria, lecha y queso a veinte reales cada una. Las de cerda a cien reales cada una de las de cria, respecto de las que anualmente hacen, que lo regularmente son tres, y en lo caballar y vacuno, respecto a su cortedad y contigente en las crias no les consideran puedan tener utilidad.

(19)Diccionario de la R.A.E. Hato:||2. porción de ganado mayor o menor y 3|| Sitio que fuera de las poblaciones eligen los pastores para comer y dormir durante su permanencia allí con el ganado. (20) Las casas de apeadero estaban disponibles para ofrecer alojamiento pasajero a aquellos ganaderos que pasaban por Villarta de San Juan y que, posiblemente, se encontrase en los corrales de ganados del citado D. Pedro Perea en el lado izquierdo del actual paseo de la Iglesia, junto al descampado a los pies de la citada Iglesia y próximo al puente «antiguo». (21)Deformación de pegujalero. Diccionario de la R.A.E. pegujarero o pegujalero: Labrador que tiene poca siembra o labor, o ||2 Ganadero que tiene poco ganado. (22) anieje derivado antiguo de añiejar: Dejar que algo se haga mayor

PREGUNTA 21. De que número de vecinos se compone la población y cuantos en las casas de campo o alquerías

RESPUESTA 21. A la pregunta veinte y una dijeron: que el número de vecinos de que se compone esta población es de hasta ciento y sesenta, que todos viven en el recinto de él. Y cinco vecinos empadronados aquí que viven en las casas de Campo y Ventas del Puerto Lápice comprensivo al término de esta villa.

PREGUNTA 22 Quantas casas habrá en el pueblo, que número de inhabitables, quantas arruinadas y si es de Señorio, explicar si tienen cada una alguna carga , que pague al dueño por el establecimiento del suelo y quanto.

RESPUESTA 22. A la pregunta 22 dijeron que habrá hasta ciento treinta casas y de ellas cinco deterioradas y una inhabitable y que el Señorío no tiene derecho de suelo.

PREGUNTA 23. Qué propios tiene el Común y a qué asciende su producto al año, del que se deberá pedir justificación.

RESPUESTA 23. A la pregunta 23 dijeron que los propios que tienen este común son la Dehesa que llaman de Mancha y Madara, que se compone de chaparral mata-parda, y parte de Vega por cuyos pastos paga el antecedente ya citado D. Pedro Perea tres mil reales de vellón(23) en cada año. Y la utilidad de leñear(24) en dicha dehesa, antes de la prohibición que hoy hay de toda corta en virtud de Reales Decretos de S. Majestad, era de aprovechamiento común de estos vecinos. Y en el valor de las hierbas de agostadero(25) e invernadas de las tierras llamadas Puente y Peñuela un mil y cien reales porque lo demas hasta seis mil reales en que están arrendadas dichas hierbas y pastos a D. Juan Alfonso de Figueroa, vecino de Herencia, están arbitradas para reparos de los dos puentes contiguos (26) a esta villa en virtud de Real Facultad cuyas diligencias se sometieron al Alcalde Mayor de Consuegra ante quien se hizo dicho arriendo por cuya razón carecen de todo instrumento sobre este asunto. Y asi mismo usa el Cabildo de esta Villa por caudal de sus propios de los pastos rastrojo y espiga de la tierra del Ejido (27) o ruedo de esta villa en quinientos pasos llamado la redonda que regularmente se arrienda en doscientos reales de vellón en cada un año.

(23) Real de vellón: Diccionario de la R.A.E Moneda de cuenta y por tanto no tenía existencia física, equivalente a medio real o realito. (24) Leñear era una corrupción de leñar. Diccionario de la R.A.E. Leñar: Hacer o cortar leña. (25)Tierras donde se agosta la hierba y que puede recogerse seca en el verano (26) No se trataba de dos puentes sino del puente «viejo» o romano más una ligera calzada al norte que disponía de algunos arcos para dejar que el agua del río pudiese pasar de un lado a otro de las tierras llamadas del puente y Peñuela.(27) Diccionario de la R.A.E. Ejido. Campo común de un pueblo o redonda lindante con él y de un radio de 500 pasos, que no se labra y donde suelen reunirse los ganados o establecerse las eras.

Medio real o realito equivalente a un real de vellón

PREGUNTA 24. Si el Común disfruta algún Arbitrio, Sisa, u otra cosa, de que se deberá pedir la concesión, quedándose con copia, que acompañe estas diligencias. Que cantidad produce cada uno al año; a quien se le concedió, sobre qué especies, para conocer si es temporal o perpetuo, y si su producto cubre o excede de su aplicación.

RESPUESTA 24. A la pregunta veinte y cuatro dijeron: no usa esta villa de otro arbitrio alguno más que el que llevan expresado en la pregunta antecedente.

PREGUNTA 25. Qué gastos debe satisfacer el Común, como salario de Justicia y Regidores, Fiestas del Corpus u otras; Empedrado, Fuentes, sirvientes, etc. de que se deberá pedir relaciones auténticas.

RESPUESTA 25. A la pregunta veinte y cinco dijeron que los gastos que debe satisfacer dicho cabildo anualmente son: Al escribano de su Ayuntamiento seiscientos reales y por gasto de papel sellado y blanco, ciento cincuenta reales. De gastos de verederos(28) que vienen con despachos y Ordenes de la superioridad doscientos reales. Fiesta del Corpus, ciento cincuenta reales. Al Predicador Cuaresmal doscientos reales. Limosna de los Santos Lugares de Jerusalen treinta reales. Gastos que se hace en la publicación de la Santa Bula con el Padre Predicador y notario sesenta reales. Fiestas votivas a Nuestra Señora de la Vega hasta ciento y cincuenta reales. Insaculación(29) de oficios de Justicia de cuatro en cuatro años, quinientos reales. Y a los Ministros de la Gobernación de Alcázar que vienen todos los años a dar posesión de los oficios de República(30) doscientos reales y por otros gastos menores que constarán del testimonio que dará el escribano del Ayuntamiento.

(28) Diccionario de la R.A.E. Veredero: El que va enviado con despachos u otros documentos para notificarlos, publicarlos o distribuirlo en uno o varios lugares. Tenía categoria de oficio público (29) R.A.E. Insaculacion: Procedimiento de elegir alcaldes, regidores y otros oficiales de justicia y de gobierno poniendo en un saco, bolsa o cántaro ciertas bolillas o cédulas, para un sorteo. Este sistema de sorteo se utilizó hasta tiempos recientes para el sorteo de los quintos. (30) Oficios de República (Res pública = cosa publica) , oficios de la cosa pública, con ello se denominaba a los funcionarios o empleados de organismos oficiales o públicos.

PREGUNTA 26. Que cargos de Justicia tiene el Común, como Censos , que responda, u otros, su importe, por que motivo y a quién, de que se deberá pedir puntual noticia.

RESPUESTA 26. A la pregunta veinte y seis dijeron: no tiene censo alguno sobre sí, el caudal de dichos propios , ni otro gravamen más que los expresados en la pregunta antecedente.

PREGUNTA 27. Si está cargado de Servicio Ordinario, Extraordinario u otro, de que igualmente se deba pedir individual razón.

RESPUESTA 27. A la pregunta veinte y siete dijeron, paga esta villa de Servicio Ordinario y Extraordinario quinientos y seis reales en cada un año. Y de millones y cientos y alcabalas(31) por acopio nueve mil cuatrocientos noventa y cuatro reales que todo pertenece a S.M.

(31)Alcabalas:Diccionario de la R.A.E. Tributo de un tanto por ciento del precio que pagaba el vendedor en el contrato de compraventa. Alcabala del viento: Tributo que pagaba el forasteros por los géneros que vendía. Millones y cientos:Era un impuesto indirecto sobre alimentos que se aplicaba sobre el consumo de seis especias: vino, vinagre, aceite, carne, jabón y velas de sebo. Se renovaba de seis en seis años.

PREGUNTA 28. Si hay algún empleo, alcabalas u otras rentas enajenadas: a quien, si fue por servicio pecuniario u otro motivo; de cuánto fue y lo que produce cada uno al año, de que se deberán pedir los títulos y quedarse con copia.

RESPUESTA 28. A la pregunta veinte y ocho dijeron. Hay enajenadas en esta villa las escribanías y rentas del Portazgo que cobra S.A. y Dignidad de Gran Prior de San Juan. No saben si fue por servicio pecuniario u otro. Y lo que estas rentas producen al año son las referidas de Portazgo trescientos reales por arrendamiento hecho a Juan Bravo Aceña. Y las dichas dos escribanias públicas, que hoy están unidas ciento y veinte y cinco reales, y no hay renta ni oficio enagenado.

PREGUNTA 29. Quintas, tabernas, Mesones, Tiendas, Panaderias, Carnicerias, Puentes, Barcas, sobre ríos, Mercados, Ferias, etc. hay en la población y Término, a quien pertenecen y que utilidad se regula puede dar al año cada uno.

RESPUESTA 29. A la pregunta veinte y nueve dijeron que hay una taberna y una tienda de aceite, pescado y otros géneros comestibles, que tiene arrendado Juan Infante y paga a la villa por derecho de alcabala, cientos y millones, tres mil doscientos reales en fuerza de su acopio de esta renta. Hay también tres mesones, uno de D. Francisco Triviño Calderón, vecino de Ciudad Real, que lo tiene arrendado a Pedro Molina Chorrusca en mil doscientos reales; Otro propio de la Memoria del Comisario Lora vecino que fue de la villa de Urda y lo administra D. Nicolás de Coca vecino de Daimiel, arrendado a Josep Ramos, vecino de esta villa, quien paga mil quatrocientos y veinte reales. Y el otro es propio de Josep de Zuñiga vecino de esta villa, quien por si lo administra. Y no hay mas tienda que la que llevan referida ni panadería de obligación a el abasto, porque cada vecino lo beneficia en su casa. Hay una carnicera. Hay un puente grande y otra alcantarilla sobre dicho río Gigüela y no hay mercados ni ferias.

PREGUNTA 30. Si hay hospitales, de qué calidad, que renta y de qué se mantiene.

RESPUESTA 30. A la pregunta treinta dijeron: Hay un hospital para el refugio de viandantes, deteriorado y sin renta alguna.

PREGUNTA 31. Si hay algún cambista, Mercader de por mayor o quien beneficie su caudal por mano de Corredor.

RESPUESTA 31. A la pregunta treinta y una dijeron: No hay mercader de por mayor ni por menor ni otro comercio alguno en la Villa.

PREGUNTA 32. Si en el pueblo hay algún tendero de paños, ropas, de oro, plata y seda, lienzos Especieria u otras mercaderías, Médicos, cirujanos, boticarios, escribanos, arrieros , etc. y que ganancia se regula pueda tener cada uno al año.

RESPUESTA 32. A la pregunta treinta y dos dijeron: Hay un cirujano sangrador(32) y un barbero; un escribano cuyas utilidades se regulan: Al escribano mil y quinientos reales; al cirujano mil y cien reales. Y al barbero con una poca caza, que mata y vende a real cada día. Y no hay mercader alguno, ni tendero, médico, boticario, ni arrieros.

(32)Cirujano-sangrador: era una mezcla de enfermero y sacamuelas que realizaba sangrías, curar heridas de urgancia, poner emplastos, desinflamar torceduras y golpes y hacer pequeñas suturas (En la mayoria de los casos y en pueblos pequeños tenían asi mismo el oficio de barbero). [En 1827 con Fernando VII ya se hicieron oficiales y se les llama Cirujanos sangradores. Ingresaban en el Real Colegio a los 15 años y debían hacer tres años de prácticas. «En sus estudios se incluyen la anatomía, fisiología, higiene, terapéutica, partos, enfermedades sifilíticas, así como los afectos externos, vendajes, osteología y cirugía dental]

PREGUNTA 33. Qué ocupaciones de Artes mecánicos hay en el pueblo, con distinción, como albañiles, canteros, albeitares[33], herreros, sogueros[34], Zapateros, sastres, Peraires[35], tejedores, sombrereros, Manguiteros[36] y guanteros, etc. explicando en cada oficio de los que hubiere, el número de Maestros, oficiales y aprendices; y qué utilidad puede resultar, trabajando meramente de su oficio, al día, cada uno.

(33)Diccionario de la R.A.E. veterinario-herrador (34) Soguero: el que hace o vende sogas( cuerda gruesa de esparto) (35)Pelaire: el que prepara la lana que hay que tejerse. (36] Persona que tiene por oficio trabajar con pieles o venderlas.

RESPUESTA 33. A la pregunta treinta y tres dijeron: hay un albeitar-herrador(33) llamado Juan de Hoyos, que le regulan tres reales por día; un herrero, llamado Francisco Rivera que se le consideran seis reales al dia y un oficial que tiene a cuatro reales; Dos zapateros, uno de nuevo llamado Gregorio Martín del Campo que le regulan a cuatro reales y medio por día; y otro de viejo, que se llama Joseph Vela, que le regulan un real cada día. Dos sastres, uno llamado Manuel Alberca y el otro Pedro Gómez Calcerrada, que el día que trabajan ganan a seis reales. Hay un carretero llamado Antonino Camacho que se le paga por piezas lo que hace y se le regula a tres reales al dia. Y un carpintero llamado Joseph Jurado que gana seis reales al día. Y hay un tejedor de estambres[37] llamado Diego de Bargas que le producirá su oficio seiscientos reales todos los años. Dos Cardadores llamados Francisco Patiño, el uno y el otro Antonio Caballero que se le paga por libras a medio real y de comer, que su jornal compondrá cuatro reales diarios. Y no hay otro alguno de oficio mecánico.

[37] Tejido de lana llamado estameña.

PREGUNTA 34. Si hay entre los artista alguno que teniendo caudal, haga prevención de materiales correspondientes a su propio oficio o a otros, para vender a los demás o hiciere algún otro comercio o entrase en arrendamientos , explicar quienes y la utilidad que consideren le puede quedar al año a cada uno de los que hubiere.

RESPUESTA 34. A la pregunta treinta y cuatro dijeron: no hay artista alguno que haga prevención de materiales para vender ni que haga otro comercio, solo si Gregorio Martín del Campo, de oficio zapatero, que es arrendador de la alcabala del viento.

PREGUNTA 35. Que número de jornaleros habrá en el Pueblo, y a como se paga el jornal diario a cada uno.

RESPUESTA 35. A la pregunta treinta y cinco dijeron: que de los vecinos que se compone este pueblo habrá hasta cuarenta jornaleros y el jornal que comúnmente ganan es de dos reales al día y de comer.Y mayorales de labor hay seis que ganan soldadas(38) y adaalas(39) ochocientos reales y por la comida setecientos y treinta reales al año. Ayudadores hay cinco que gana de soldada con adaalas seiscientos reales y de comida los mismos setecientos y treinta. Zagales de labor hay siete su soldada con adaalas cuatrocientos reales y por la comida setecientos treinta. Mayorales de Pastores del ganado lanar hay dos que ganan de soldada cada uno al año seiscientos reales incluida las adaalas que a estos se les da y de comida por ser menos que la que se les da a los de labor se les considera cuatrocientos reales. Pastores Ayudadores cuatrocientos y cincuenta reales por razón de soldad y de adaalas, que tienen y de comida se le considera y regulan cuatrocientos reales. Y zagales de esta especie de ganado hay tres, los cuales ganan por año de soldada y unas cortas adaalas que tienen importarán trescientos reales y por la comida otros trescientos reales.

(38) R.A.E. Soldada: Sueldo, salario o estipendio. (39) R.A.E. El nombre real es el de adehala del árabe ad-dájala (entrada, ingreso)||2 Lo que se agrega de gajes o emolumentos al sueldo de algún empleo o comisión( gratificación o propina)

PREGUNTA 36. Quantos pobres de solemnidad habrá en la población.

RESPUESTA 36. A la pregunta treinta y seis dijeron que habrá dos o tres pobres de solemnidad.

PREGUNTA 37. Si hay algunos individuos que tengan embarcaciones, que naveguen por mar o ríos, su porte , o para pescar : quantas , a quienes pertenecen y que utilidad se considera da a cada su Dueño al año.

RESPUESTA 37. A la pregunta treinta y siete dijeron: No hay individuo alguno que tenga embarcaciones a porte ni para pescar.

PREGUNTA 38. Quantos clérigos hay en el pueblo.

RESPUESTA 38. A la pregunta treinta y ocho dijeron: No hay más clérigo en esta villa que el Señor Prior Cura Párroco.

PREGUNTA 39. Si hay algunos conventos, de que religiones y sexo y que número de cada uno.

RESPUESTA 39. A la primera treinta y nueve dijeron: No hay convento alguno de religiosos ni religiosas en esta Villa ni en su término.

PREGUNTA 40. Si el Rey tiene en el término o Pueblo alguna finca o renta, que no corresponda a las Generales, ni a Provinciales, que deben extinguirse : quales son, como se administran y quanto producen.

RESPUESTA: 40 A la pregunta quarenta dijeron que no tiene S.M. en esta villa y su término renta ni finca alguna que no corresponda a las provinciales de alcabalas, millones y cientos y Generales que administran con este nombre.

Todo lo cual dijeron ser la verdad en cargo del juramento que tienen hecho y lo firmaron los que supieron y por los que no un testigo, y su Merced dicho Señor juez e yo el escribano que de ello doy fe.

En un próximo «poyete» continuaremos con el cuaderno 1º De todas las familias de esta villa, número de personas de cada una, calidad, clase, estado e industria.

Esta relación de vecinos de la que adjuntamos copia del primer folio se compone de 62 folios que se incluyen en el legajo 766 del Archivo Provincial de Ciudad Real y es la más completa de todas las relaciones de vecinos y familiares que se haya realizado de nuestra población. La fecha de realización es del 7 de marzo de 1752.

JOSÉ MUÑOZ TORRES, Cronista Oficial.


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